Hola no se preocupe, que le deben indemnizar.
Estos procedimientos tienen un plazo de resolución de 6 meses, el problema es que con lo mal que están los Ayuntamientos (pues no disponen de personal) le puden desestimar la reclamación por silencio administrativo, y después al cabo de bastante tienpo (1 o 2 años) dictan resolución expresa posterior.
De todas formas, usted debe sperar a que resuelvan, y en caso de no ser estimatoria la reclamción puede acudir directamente al Juzgado de lo Contencioso Administrativo.
Dentro del procedimiento de responsabilidad patrimonial, se prevé la posibilidad de practicar prueba y eso es lo que están haciendo. Todo tiene pinta de que le deben estimar, sino lo hacen lo hará el juez.
Hola, hace algun tiempo puse una demanda al ayuntamiento del lugar donde resido.Mi hijo menor de edad ,se corto dentro del vaso de la piscina municipal. Hoy me envian una carta diciendome que se abre el periodo transitorio, y que deberan practicarse pruebas en el plazo de un mes. A que pruebas se refieren?.Les pedí responsabilidad patrimonial, adjunte informe médico de la lexión y demás documentos para formular la denuncia.
Gracias por su atención