Cooperativa de transporte, donde deciden disolver e indemnizando a los socios trabajadores, no inscriben la disolucion, el consejo rector no se ha renovado en 15años.Una vez cesada la actividad y con posterioridad a la baja de todosclos socios , se devuelven los requerimientos de la administración y como consecuencia de ello, la administración gira liquidaciones de iva eliminando el iva soportado.Quien responde de estas liquidaciones, verbalmente se le comunica que hacienda puede repercutir la deuda contra los socios a partes iguales. Quien son los responsables y quien debe responder los socios o el consejo rector por negligencia?.
Buenos días Bambi1,
En mi opinión, y por la experiencia en casos similares, una vez que Hacienda hubiera agotado las vías para actuar frente a la Cooperativa, entiendo que intentará ir en primer lugar contra los miembros del Consejo Rector.
Ten en cuenta que entre los supuestos de responsabilidad tributaria se encuentra el siguiente: “Los administradores de hecho o de derecho de aquellas personas jurídicas que hayan cesado en sus actividades, por las obligaciones tributarias devengadas de éstas que se encuentren pendientes en el momento del cese, siempre que no hubieran hecho lo necesario para su pago o hubieren adoptado acuerdos o tomado medidas causantes del impago”.
Saludos.
Jaime.