Buenos días, soy nuevo en este foro y tengo algunas dudas sobre los sistemas de arrendamiento y las responsabilidades que tiene el propietario.
El caso es que en el piso debajo del mio vive una chica (en régimen de alquiler) que todos los sábados pone la música a tope a las 17H. He hablado con ella muchas veces y hace caso omiso, la última vez amenazó a mi mujer de que le iba a agredir si seguíamos bajando a decirle algo.
Creo que está dentro de los márgenes legales de los DB, pero es muy molesta y sobre todo a esas horas. Mi pregunta es: ¿Que responsabilidad tiene el casero ante estos comportamientos? o ¿es la inquilina la única a la que se le puede decir algo.?
Un saludo.
Muchas gracias de antemano por las respuestas.
La Ley de Propiedad Horizontal en su art.7 preve acciones judiciales para cesar toda actividad molesta, insalubre...., procedimiento arduo y complicado en la prueba pero algún caso he resulto satisfactoriamente y que puede conllevar la privación del uso de la vivienda del propietario entre 1-3 años y el lanzamiento de los arrendatarios.
Espero haber resulto tus dudas, recibe un cordial saludo
Gracias a los dos por la respuesta pero mi problemas es como generar presión sobre la persona que reside en la vivienda ya que debe ser un poco "macarra", siendo capaz de enfrentarse a un vecino que vive en la misma comunidad y además una vez acudió la Policia Municipal y estuvo discutiendo con ellos sobre si generaba o no ruido. La verdad es que estoy un poco preocupado por que veo que tengo que asumir que cuando le de la gana subirá la música y nos molestará.
El siguiente paso será hablar con el Presidente de la Comunidad y llevarlo a Junta Extraordinaria. Y el siguiente paso,...???? No puedo denunciarlo de alguna manera???