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Responsabilidad del arrendador por daños del arrendatario

5 Comentarios
 
10/11/2008 10:20
Os cuento, la demanda es por responsabilidad Aquiliana y sólo se dijige contra mi cliente, ni se prueba que los daños los haya causado el inquilino siquiera, pero es que además no creo que el arrendador sea responsable de los actos del arrendatario, otra cosa sería el típico caso de humedades, etc.. En cuanto a la posibilidad del seguro, creemos que no debe de cubrirlo porque los del seguro por lo visto son los que deben de haber recomendado interponer la demnda a mi cliente. Si conoceis jurisprudencia de este tipo, por favor, me la haceis llegar...
05/11/2008 20:36
Os mantendré informados, así las opiniones serán más fundadas..
perfil Jan
05/11/2008 20:33
Hola sower. No se merecen. Ya nos contarás, si lo estimas conveniente, qué acción se ejercita en la demanda.

Un saludo
05/11/2008 11:29
Sí, ya había pensado en lo del seguro e incluso puede faltar litisconsorcio pasivo si no ha demandado al inquilino, pero bueno, esperaré que llegue la demanda sin precipitarme...
Muchas gracias por tu opinion..
perfil Jan
05/11/2008 10:58
Hola sower. Yo en tu lugar lo primero que haría es averiguar si la Comunidad tiene contratado un seguro(lo más probable es que sí). Si lo tiene le diría a mi cliente que hable con el Presidente de la Comunidad para que le diera una copia de la póliza y estudiaría si la misma cubre los daños que relatas.

Si NO hay póliza o si esta NO cubre los daños esperaría a que llegase la demanda para ver qué acción ejercita la comunidad y si se ha cumplido los requisitos para ello(falta de legitimación activa).

Un saludo.
Responsabilidad del arrendador por daños del arrendatario
04/11/2008 19:55
A ver qu eopinais o si habeis tenido un caso similar: Os cuento, se trata del tipico vecino molesto que da voces, monta fiestas y tiene de cabeza a propietario y a vecinos. Resulta que la Comunidad decía que iba a apoyar al propietario para que demandara y que pagarían entre todos lo que hiciera falta. Bueno, al final el único que demandó fue el propietario..no pusieron un duro, claro, pero bueno, el caso es que se marcharon y aunque no pagaron todo el propietario desistió porque sabe que no les van a encontrar dinero, son extranjeros , sin ningún bien a su nombre y ahora se dedican a la mendicidad.
Ahora el propietario se encuentra con una demanda reclamandole que pague los daños que supuestamente los inquilinos que tuvo hicieron en el portal. Rotura de cristales creo. Aun no tengo la demanda en mi poder, solo he hablado con el propietario, que es mi cliente y no sé si le demandan como responsable subsidiario, ni en que se basan, pero que opinais al respecto, creeis que posperará la demanda y le tocará pagar al arrendador?porque ellos desde luego no van a pagar (si es que los ha demandado)
Muchas hracias de antemano por vuestras respuestas.