Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

responsabilidad del administrador

3 Comentarios
 
Responsabilidad del administrador
11/05/2009 10:07
Nuestro caso es que tenemos una sociedad limitada y en su dia nos consedieron una subvencion por contratar a un trabajador con el requisito de que permaneciera dado de alta por un periodo de 5 años.
Despues de 3 años las cosas van mal. A dia de hoy no tenemos deuda alguna pero se va a producir si no damos de baja al trabajador.
Necesito saber si lo despedimos y la administrador que nos dio la subvencion nos reclama y si la empresa no tiene dinero si podria embargar al administrador, y si es asi si seria al administrador que solicito la subvencion o si seria al adminstrador que dio de baja al trabajador.
Gracias
11/05/2009 19:46
Queria corregir una errata del ultimo párrafo.
Me refería a que si damos de baja al trabajador y si en este caso la Administración nos reclama si le podría embargar al administrador que solicitó la subvención o al administrador actual que diese de baja al trabajador.
O si por el contrario si justificamos la inviabilidad de mantener al trabajador el administrador estaria exento de responsabilidad.
Gracias
13/05/2009 11:20
Le recomiendoq ue visite a un abogado de su localidad.
Se tendría que ver las condiciones de la concesión de la subvención, para ver que dice en estos casos.

Seguramente le harían devolver la subvención o parte de ella, más complicado es que puedan imputar al administrador.
Además me parece que, si se le tuviese que reclamar a alguien, el responsable sería el administrador actual, que es el que va ha extinguir el contrato de trabajo objeto de la subvención.
13/05/2009 12:21
Gracias por tu respuesta Sinigual,

el caso es que en las resoluciones de consecion aparece el administrador en calidad de representate de la sociedad y la consecion a nombre de la empresa indicandose en las condiciones el mantener el puesto de trabajo, y no manteniendose por el plazo exigido se procedera al expediente de devolucion con el correspondiente interes.
Pero como he comentado y despues de 3 años no se ingresa lo suficiente para mantener la actividad, por eso y antes de que se pudiera generar deuda al trabajador y/o seguridad social necesitariamos dar de baja la actividad.
Segun me comentas si la baja de actividad se produjiese se podria dar la lugar a una deuda con la Administracion que nos subvenciono, pero esta no se le podria imputar como responsabilidad del Administrador.
Gracias