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Responsabilidad defectos graves obra urbanización

3 Comentarios
 
26/10/2023 18:52
Cinco años, en las condiciones prescritas en el artículo 1964.2.
26/10/2023 17:59
Gracias por la respuesta, cuales serían los plazos? Desde cuándo se cuentan, desde que se acaba la obra o desde que la aparición de vicios y defectos?
Gracias
26/10/2023 13:57
Si la empresa contratada ha incumplido lo acordado en contrato, que parece ser de lo que se trata, incurre en responsabilidad contractual, por lo tanto para reclamar el cumplimiento está el Código Civil.

Ídem en el supuesto de incumplimiento de la dirección técnica.

Artículo 902 del CC.
Responsabilidad defectos graves obra urbanización
23/10/2023 20:21
Hola, es una pregunta sobra reclamar obras de urbanización, tanto al contratista como al arquitecto.
Que ley trata este tema?
Ni LOE ni del artículo 1.591 del Códio Civil trata de obras civiles
Gracias