Buenos días, Matthew, esa responsabilidad debe argumentarse y hay diversos supuestos, y es el meollo del escrito.
El resto es una demanda de juicio ordinario normal, al Juzgado de lo mercantil y con los fundamentos de Dº de la LSC, así como la Jurisprudencia que te aconsejo busques sobre temas similares (por ejemplo, responder de una deuda generada "a sabiendas" de que no se podría pagar, basándose en que la SL no ha presentado las últimas Cuentas y por tanto no se podía conocer su estado financiero).
Saludos,
De nada, Matthew, no pensaba que fueras tan perdido, ojalá fuera tan sencillo (como lo es para Hacienda, por ejemplo)...
Lo que sí puede simplificar la reclamación, si se tiene clara, es demandar al administrador directamente, pues no se exige ir primero contra la sociedad, ni esperar a cobrar de ella aunque esté condenada o en concurso.