Vivo en una planta baja con un patio propiedad de la Comunidad y de uso exclusivo mio,, por el subsuelo del citado patio pasan a l menos dos cañerías generales de agua, la que da servicio a mi vivienda y la que da al vecino de arriba. La cañería que da servicio a mi vivienda se ha roto antes de llegar a mi propiedad, es decir fuera de mi propiedad, en el patio de uso exclusivo.
Mi pregunta es:
1º) QUIEN TIENE LA RESPONSABILIDAD DE CUBRIR LOS GASTOS DE REPARACION?
2º) DEBE CUBRIR EL SEGURO DE LA COMUNIDAD LOS CITADOS GASTOS?
Gracias y saludos.
La reparacion de la cañeria que según sus explicaciones es comunitaria las abonara la comunidad.
Y si han existido desperfectos, lo abonará el seguro de la comunidad