Me gustaría saber en qué responsabilidad incurre un abogado que presenta querella, la cual es desestimada por el Juzgado al estar prescrito los hechos que denuncia desde hace varios años antes de su interposición? ¿Tiene competencia sobre ello el Colegio de Abogados? O ¿procede la vía legal? ¿Y si ese abogado tras cobrar minuta, no expide factura a su cliente tras más de 1 año de satisfecha? Espero vuestras respuestas... gracias...
En mi opinión, no es una infracción deontológica (para revisar en el Colegio).
Lo que podría considerar, tal vez, es reclamarle responsabilidad en la jurisdicción civil.