Hola a todos, estoy dándole vueltas a un tema y no acabo de verlo, a ver si me podéis ayudar. Una S.L. nombra Administrador Único, y éste da poderes amplios a 3 personas para que actúen mancomunadamente. Unos cuantos años mas tarde, surge una deuda con Hacienda, y en el momento del pago la SL, que ya no tiene actividad desde hace años, no puede pagar, con lo cual Hacienda se dirige contra el patrimonio de la SL, y después contra el del administrador. Mi duda es: ¿Puede interpretar Hacienda que los apoderados mancomunados son administradores de hecho? Si tenéis algún caso que os haya tocado llevar, me gustaría saber en que se basa Hacienda para considerar a los apoderados responsables, y si lo fueran, lo serían mancomunadamente o solidariamente? Gracias.