Mi marido es socio y administrador en una sociedad limitada. Desgraciadamente ésta no está pasando por su mejor momento. Si no se ha realizado ningún acto contrario a la ley, es decir, que esta situación no ha sido provocada por mi marido, la limitación de responsabilidad varia por ser administrador? O la responsabilidad es igual que la de todos los socios?
En principio, no habría ningún responsable si la sociedad tuviese que cerrar o entrar en situación de concurso.
Si se demuestra que la situación ha sido debida o favorecida por algún acto de mala fé estaríamos ante un delito societario ("administración desleal" probablemente) por parte del administrador.
Normalmente ,los socios no suelen ser responsables en estos casos.
El problema es lo que entiendas por "responsabilidad limitada". El que no se deba responder con el capital personal de las deudas de una SL no quiere decir que se puedan cometer todo tipo de tropelías, marcharse con el dinero y aquí no ha pasado nada.
Para eso está la doctrina de levantamiento de velo, que puede decretar un juez cuando una situación de insolvencia se deba a las malas prácticas de los administradores. En este caso, se prescinde de la figura societaria (se "levanta el velo") y se procede directamente contra ellos como personas físicas.
Otra cosa MUY DISTINTA es que el negocio simplemente no sea rentable y haya que cerrar, en ese caso sólo se perdería el capital aportado aunque existan más deudas no tendrías que pagarlas.