Estimados compañeros, demanda a una SL en un un monitorio, no compareció y al intentar cobrar es imposible (no tiene nada a su nombre) Creo que el admistrador estando obligado a disolver (sus fondos son muy inferiores a la mitad del capital social), no lo ha hecho por tanto es responsable de las deudas de la sociedad. Mi duda es ¿puedo exigir en el procedimiento de ejecución la responsabilidad del administrador en este mismo procedimieto?. (En la demanda monitorio no demande al administrador sólo a la sociedad). ¿En que otros casos pudo exigir responsabilidad del administrador? ¿si no ha presentado cuentas anuales en el registro¿. Gracias de antemano.
Buenas Santiago: al no estar demandado ab initio no te lo van a permitir. Tendrás que plantear un procedimiento separado exigiendo la responsabilidad del administrador. Por desgracia es tónica general lo que te ha pasado. Consejo: investiga el patrimonio del administrador para ver si es viable la acción. Saludos.