Existe una SL compuesta de 2 Socios Administradores mancomunados, que adeudando una cantidad cercana a las 200.000 euros, uno de ellos decide abonarlos de su bolsillo, mientras que el otro ahora se niega a pagarle su parte
Querría saber si en este caso procedería el ejercicio de una acción individual de responsabilidad del administrador, siendo ejercida esta accion por el otro administrador!