Buenos dias, tengo entendido que solo responden a las deudas ,como personas fisicas, los administradores.Ya que los otros accionistas ya responden con el capital que aportaron en su dia.
Un saludo.
Responsabilidad administr sociales por impago a la s.s.
Vereis es un tema de responsabilidad de una S.L. donde me surgen varias dudas.explico el caso resumidamente;4 socios de una s.l. donde dos de ellos son administradores solidarios.Dicha S.L está al corriente de un pago a la Seg. Soc. por una cuantía de 16 mil euros. Como cuestión lógica la S.S. reclama esos pagos a los aministradores como organos de la misma.Ahora los socios no adminstradores, se niegan a pagar la parte proporcional de deuda qe les corresponde "arguiendo" que los administradores tiene la facultad concedida como tal y que ha sido un descuido de ellos cosa que no es del todo cierto porque ellos tenían conocimiento de ese impago.He aquí la cuestión; caso de que se demuestre que los socios no adminstradores tenian conocimiento del impago, responderían ellos de esa deuda en proporción a la cuota de particpación contra la S.S. o en todo caso los administradores como facultad que le concede la ley para estar al corriente del pago de esa deuda??
Necesito ayuda porfavor,
yo entiendo que responderían de manera personal de las deudas de la sociedad cada uno de los socios en proprción a su cuota de participación.
otra opción que se me ocurre en caso de no tener como agarrar el tema es que todos los socios e repartan el total de bienes y declarar suspensión de pagos pero en este caso, responderían de las deudas de la soiedad con sus bienes personales??
ayuda porfavor (me parece un tema que permite mucho juego) agradecería alguna ópinión.un saludo foreros