En una junta se aprobo por unanimidad que los propietarios de los bajos con terraza aneja al piso podian hacer cerramientos en el patio. Hemos empezado a poner la estructura y el vecino de arriba me ha denunciado al ayuntamiento. Este vecino estaba en la junta y aprobo el cerramiento, y ahora me denuncia porque dice que no quiere que cierre, porque no le gusta .¿ Puedo pedir a la comunidad la responsabilidad y que me abone la multa?
Si, tengo el acta donde se aprueban los cerramientos , y consta que este propietario estaba en la junta. Todavia no hay multa, pero el ayuntamiento me dice que la estructura que he puesto, palilleria de aluminio, es ilegal. Tengo un expediente de presunta infraccion urbanistica para presentas alegaciones y otro para que deje el patio como estaba.
En principio me parece tu vecino un impresentable, a no ser que como he visto en otros casos, en la Junta no se explicase bien en que consistía o se ha sobrepasado en demasía lo propuesto.
Pero me temo que no podéis hacer nada contra la comunidad, porque para realizar un cerramiento u otras actuaciones se requiere el permiso municipal y el de la comunidad de propietarios. Éste último ya te lo han dado, pero el municipal es tema tuyo y del ayuntamiento.
Entiendo que no se puede hacer nada contra el vecino que denunció. Está en su derecho de poner en conocimiento del Ayuntamiento una posible infracción. El permiso que da la Comunidad de Propietarios no sustituye al del ayuntamiento sino que lo debe completar.
Reconozco que duele esta situación pero hay que aguantarse, la razón legal la tiene él.
Si profundizamos en el tema, todo viene de estas situaciones anómalas que el legislador consiente, que son mayoritarias pero que están prohibidas como es este caso del cerramiento de terrazas, que da fuerza al poder e inseguridad al ciudadano que convive y "soporta" el incumplimiento mayoritario de los demás pero no puede él hacer lo mismo con seguridad.
Buenas tardes, vivo en un primero y mi vecino de abajo ha puesto una estructura para soportar una pérgola de tal manera que esta estructura queda 110 cm. bajo mi ventana provocando que sea muy sencillo acceder a mi vivienda encaramándose sobre la estructura. El patio de esta mujer es exterior, da a la calle.
No existe premiso concedido por la comunidad, pero la vecina se escuda en que hay otros bajos que ha hecho lo mismo, si bien estos otros bajos ni molestan a sus vecinos de arriba, además son patios interiores y no dan a la vía pública.
Me gustaría saber antes de denunciar ante el ayuntamiento si la normativa en este caso si el bajo da al exterior o al interior, porque no me gustaría que todos los vecinos tuvieran que quitar este cerramiento por esta mujer.
La responsabilidad última, es del Secretario-Administrador, que es quién tiene que asesorar a los propietarios, antes de tomar acuerdo en Junta General.
Él debió haber instado al propietario solicitante, a que presentara previamente a la comunidad, la licencia municipal o informe urbanístico sobre la viabilidad de la obra.
Totalmente de acuerdo con Acritons, el administrador como profesional al cual pagáis es que debió asesorar a la comunidad y es el responsable de este problema por incompetente.
yo soy muy crítico con las actuaciones de los administradores, pero en este caso el administrador por lo que indica Bsanz, nadie ha dado permiso a la vecina de abajo para instalar la pérgola, ni tampoco comenta que haya hablado con el administrador, por lo cual en este caso ( y que sirva de precedente) no es el culpable, toda la carga la tiene la vecina que ha hecho lo que le ha salido del mismísimo ...........
Bsanz si usted denuncia, lo hará de forma particular a esa vecina si nno quiere molestar al resto de infractores, claro pero esto no es justo, porque sólo indica que sólo nos movemos cuando nos perjudica directamente, mientras que los otros propietarios han hecho algo ilegal, pero como a mí no me molesta, pues no me muevo
A ver hay que distinguir el plano civil del administrativo.
Desde el punto civil es correcto que se vote, pero la propia lph exige que cada propietario individualmente someta su proyecto de cerramiento al Ayuntamiento.
Da igual que el propietario votase en junta a favor. La sanción es administrativa.
Respecto del administrador, quizás debió advertir del requisito administrativo posterior a la Junta. Pero no creo que sea causa de actuación negligente ni mucho menos.