Ana isabel me gustaria hablar contigo sobre este tema. Me interesa porque yo estoy con un tema parecido y sin embargo me estoy encontrando muchas pegas y ando un poco perdida y asombrada a la vez.
Si no te importa mi correo es
marijosepp@hotmail.Com
gracias.
Yo no se que vía has elegido para la reclamacion de la responsabilidad civil. si has elegido la jurisdiccion de lo social como muy bien te señala afimco no existen costas.
Creo que en el tema de la responsabilidad civil no deberóas tener grandes problemas ya que cualquier empresa de medio pelo suele tene4r póliza de responsabilidad civil por cantidades muy importantes (las mas cutres cincuenta millones de las antiguas pesetas hasta las de mar que alcanzan los cincuenta millones de dolares) Si careciese de poliza de responsabilidad civil, la empresa deberia responder con sus bienes (instalaciones, maquinaria, equipos, etc.) Me parece muy extraño que carezca de poliza de R.C.
Donde la empreas se va a llevar un buen susto es en el re cargo de prestaciones ya que este recargo hay que abonarlo en un solo pago y en función de la edad del lesionado e importe de la pensión va a suponer un pasta gansa que ademas no puede asegurarse con compañía alguna por estar prohibido por Ley.
Por ñultimo te diria que dejes trabjar a tu abogado que sabe perfectamente lo que hace y sobretodo no te pongas nervioso recuerda la leyenda del escudo de armas del tútlo nobiliario que le dieron a Cela que no se si es Conde o Marqués de Iria Flavia. " Quien resiste, gana."
Quisiera realizar una pregunta por si alguien fuera tan amable de contestarme.
He denunciado a mi empresa por respons. civil por accidente de trabajo(El acta de inspección dice que ha habido falta de medidas de seguridad y falta de formación del trabajador y ha abierto procedimiento sancionador contra la misma y propuesta de recargo de prestaciones al INSS).
En la denuncia ante lo civil también he puesto a los administradores de la Sociedad por si la empresa se declara insolvente.
La pregunta es la siguiente: ¿Si declaran no responsables a los administradores he de pagar por su asistencia al Juicio como costas derivadas de su presencia? o aunque no se declaren cullpables las he de pagar también?
Pues me han dicho que las costas pueden ser muy elevadas. ¿Es conveniente haber citado tb a los administradores? He reclamado 150.000€ por responsabilidad civil.
He querido poner a los administradores por miedo a que la empresa se declare insolvente y no me paguen nada.