Un cliente tiene arrendadas 3 naves industriales a un mismo arrendatario, el arrendamiento de las 2 primeras naves esta regulado por la LAU antigua y la restante por la actual. Segun los respectivos contrtos aun quedan 2 años para cumplir la duracion del arriendo pactada, sin embargo, el arrendatario hace poco comunico verbalmente a mi cliente su deseo de resolver el contrato pues queria ubicar su negocio en otra zona.
Ante este comunicado, ambas partes se reunieron y mi cliente les comunico que en principio no estaba de acuerdo con la resolucion pues implicaba un grave perjuicio y mas teniendo en cuenta la dificultad de volver a alquilar estas naves en el perido de crisis en que nos encontramos, etc. Si bien les invito a llegar a algun tipo de acuerdo economico.
Pero el arrendatario lejos de proponer algun acuerdo ha mandado un burofax a mi cliente diciendole que dentro de 2 meses dara por resuelto el contrato, por motivos economicos, requiriendole para que tal dia acuda a dichas naves para recoger las llaves, y advirtiendo que en caso contrario procedera como en derecho corresponda.
Considerais viable reclamar judicialmente las rentas dejadas de obtener hasta que se cumpla el periodo de arrendamiento pactado en contrato o hasta que se vuelva alquilar? En tal caso deberia recoger las llaves o implicaria una conformidad con la resolucion del contrato?Gracias