Buenos dias.
Me encuentro en el mismo caso que Tadzio.
Mi liquidación de hacienda fue el 2014 de una compra del 2011.
La base imponible fue tanto lo que pagamos en escritura como el importe de la tasación.
Pagamos la liquidación y recurrimos al Tear.
El Tear nos comunica en marzo 2018,"ESTIMAR EN PARTE la presente reclamación, anulando el acto impugnado y acordando la retroacciòn ..."
Mis dudas son:
- tengo que esperar hasta 09/2018 a recibir la nueva liquidación?
- Si en los fundamentos la sentencia dice: procede a estimar la reclamación, y luego en el párrafo: "Por lo expuesto: ... acuerda ESTIMAR EN PARTE" a cual nos atenemos?
Buenas tardes, estoy en vuestra misma situación, liquidando con TEAR MURCIA, recurso estimado en parte y a la espera de nueva liquidación ..... como imagino que os pasa a todos , tengo dudas en todos los sentidos y un gran calentamiento de tarro , me gustaría establecer contacto por correo con vosotros y ver como os ha ido y que opciones tenemos ante la administración, veo que no deja enviar mensajes privados, desconozco si se pueden dejar correos electrónicos por aquí, Espero vuestras respuestas. Saludos.
Buenas tardes Tadzio, estoy en la misma situación que tú en Murcia.
Me llegó 1 valoracion de hacienda en julio de 2015 basandose en "precios medios de mercado".
Reclamé al tear y en Noviembre del 2018 me contestan estimandome la reclamacion y anulando parcialmente la liquidacion con retroaccion de actuaciones.
En mayo de 2019 me llega nueva propuesta de liquidacion, ahora por valor de tasacion bancaria y hace unos dias la liquidacion provisional con carta de pago.
Estoy preparando de nuevo reclamacion al tear por falta de motivación.
Tambien estoy en proceso de devolucion de los ingresos indebidos que pagué en la primera liquidacion anulada por el tear.
Me gustaria contactar contigo de alguna forma para intercambiar consultas y pasos a seguir.