La LRJPAC (ley 30/1992) establece la prohibición de "reformatio in peius". Es decir en ningún caso puede agravarse en la resolución de un recurso la situación inicial del recurrente. Salvo otra norma específica parece que no puede.
Resolucion recurso alzada y imposicion retirada carnet conducir
Mi pregunta es la siguiente. Si a una persona recibe una notificacion de una sancion impuesta por la Jefatura de trafico de segovia firmando y la cual consiste en una multa de 300,51 euros por exceso de velocidad. Se presenta en plazo ante la Jefatura de trafico el recurso de alzada dirigido al ayuntamiento. Dicho ayto. resuelve el recurso 15 dias mas tarde del plazo de 3 meses, confirmando la sancion de multa, e imponiendole, ademas, la retirada del permiso de conducir por el plazo de tres meses, por venir asi establecido en la legislacion vigente. Mi pregunta es ¿puede el ayto. en via de recurso modificar la resolucion administrativa en el sentido que lo ha hecho?.
Muchas gracias