En el 2006 compré adosado haciendo entrega de 34000 euros a cuenta en el 2009 presente resolucion de contrato por falta de cedula de habitabilidad y retraso en las obras a fecha actual 2010 sigue sin estar la Cedula de habitabilidad las casas estan finalizadas.Mi abogada hace la resolucion via burofax reclamando las cantidades a cuenta y el aval bancario y seguro de viviendas. El promotor no me ha hecho ni aval ni seguro, le di las entregas y el iba rebajando el precio de la casa lo vi normal.Este no acepta la resolucion alegando que las casas estan acabadas.Mi abogada ha interpuesto dos querellas penales sin ser admitidas a tramite.Ahora me dice de volver a intentarlo de nuevo pero la querella se va encareciendo y luego si no se haria por civil cuando yo creo que no tengo posibilidades puesto que el tiempo corre a su favor y luego igual entra en concurso y disuelve la sociedad.No se que hacer he pensado en contratar el servicio del monasterio del monje morosos , pero no me fio demasiado.Por favor aconsejarme.
Por no haber hecho el seguro de mi vivienda y por no tener aval bancario en mi vivienda.Mi vecina le reclama al seguro y al aval las cantidades que entrego y va por lo civil.Yo voy por lo penal por haber incumplido la obligacion que todo constructor tiene cuando recibe las cantidades para construir
No le pregunto por los hechos, que ya se suponen más o menos por su exposición, sino por el tipo de delito que le imputa al constructor (estafa, apropiación indebida .....)
Partiendo de la base de que tu abogada es quien mejor conoce el asunto, por lo que cuentas, éste es claramente civil. Distinto sería que no hubiera construido nada, pero si el dinero lo ha empleado en las obras en una cuestión civil de incumplimiento de contrato o cumplimiento defectuoso. Si piensas que la empresa no va a ser solvente, se pueden iniciar, junto con el pleito civil, unas medidas cautelares, para embargar lo antes posible. Aunque, desgraciadamente, muchas veces no sirve para nada porque tienen la hipoteca delante y con la bajada del precio de las viviendas, no merece la pena ejecutar los embargos. Pero esa es otra historia. Por cierto, ¿no tendrás firmado también un clip o swap?