Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Resolución de contrato por tener animales.

5 Comentarios
 
Resolución de contrato por tener animales.
05/08/2016 12:08
Buenos dias, mi problema es el siguiente:
Tengo una vivienda alquilada desde el pasado mes de julio, en el contrato no se indico nada sobre tener o no animales, la inquilina tiene un perro y esta teniendo muchos problemas con los vecinos, pq el perro hace sus necesidades en un patio comun al q se accede desde la vivienda pero las recoge. Aun asi los vecinos se quejan.
La administradora de las viviendas me ha pedido que no tenga perros en la vivienda que sino la van a denunciar, he hablado con la inquilina y me ha dicho que le da igual que la denuncien pq ella tiene todo en regla.
Lo último que me ha dicho la administradora, es que si sigue con el perro, me van a denunciar a mi por ser la propietaria y que si deciden cerrar el patio comun, voy a tener que hacer yo frente al pago de la obra.
Mis preguntas son:
¿pueden denunciarme a mi por tener la inquilina un perro?
¿me pueden obligar al pago de la obra del cerraje del patio?
¿puedo echar a la inquilina de la vivienda (en el contrato se recoge en una clausula que "cuando ejerza actividades molestas para los vecinos, sera motivo de rescision del contrato"?

Espero que alguien pueda ayudarme.

Muchas graciass.
06/08/2016 13:58
Arita_83
Resumiéndolo mucho, mucho, la inquilina lleva razón. No pueden hacer nada, salvo que el animal hiciera destrozos muy grandes, lo que no es el caso.
08/08/2016 17:59
Arita_83
¿Hay unos Estatutos o Reglamento de Régimen Interior, aprobados por la comunidad, que prohiba tener perros?.
De ser así, usted debió hacerlo constar en el contrato de arrendamiento.
09/08/2016 01:49
Acriton
La comunidad NO PUEDE prohibir tener perros., no es competente para ello.
09/08/2016 01:53
Arita_83
"Lo último que me ha dicho la administradora, es que si sigue con el perro, me van a denunciar a mi por ser la propietaria y que si deciden cerrar el patio comun, voy a tener que hacer yo frente al pago de la obra."
Dígale a la administradora que adelante, que le denuncie (previa aprobación en junta). Seguro que no lo va a hacer.
Si se decide, con la mayoría necesaria cerrar el patio, siempre que sea comunitario, no de uso privativo en cuyo caso sería imposible ese acuerdo, el pago de la obra lo debe hacer la comunidad. Pregúntele a la administradora en qué artículo de qué ley dice que usted debe pagar la obra.
09/08/2016 14:04
Arita_83
Exactamente: es que el punto principal de esta consulta está en que la comunidad de propietarios no puede pura y simplemente prohibir la tenencia de animales. Grosso modo (y exagerando mucho para que se me entienda) sería casi como "expropiar" al propietario del piso imponiéndole una restricción absoluta sobre su propiedad que ni siquiera el Estado puede establecer.
Lo que si puede la comunidad es prohibir la tenencia de animales en tanto causen molestias superiores a las normales. Y en realidad incluso esto también sobra, porque ya está contemplado en la legislación civil normal, por lo que sería cierto incluso si la comunidad no lo dijera expresamente.
Puesto que el perro de la inquilina no causa molestias superiores a las normales, la comunidad no puede hacer nada de nada de nada, y por supuesto todas esas monsergas de que la van a denunciar y (sobre todo) eso de que Ud. va a pagar sóla la obra pues es una milonga de las de antes de la guerra.
En fin: no haga nada y si la demandan (que no creo) defiéndase que ganará.