Buenas tardes, expongo un caso para conocer opiniones de viabilidad.
Comercial con guarda lega que solicita reducción de jornada al máximo legal permitido.
La empresa lo concede pero le cambia de producto. Mantienen que no se modifican las condiciones por seguir en la misma categoría profesional, pero el salario depende de incentivos que en el primer producto eran individuales, por cifra de venta ( la comercial realiza el 75% de la facturación de ese producto), y la del nuevo producto es colectiva, repartida en función de la jornada.
El primer producto requiere además de cierta tecnificación, teniendo más de 10 años de experiencia y formación en la empresa para la venta del producto. El nuevo no requiere de ella.
Aluden a causas técnicas del desempeño del trabajo y actividad de venta, sin justificar más. Tampoco esperan a reponer su ausencia ni es necesaria en el nuevo puesto, simplemente prefieren renunciar a intentar ver si funciona con la nueva jornada. Seguramente sería rentable, ya que hace el 75%, el resto lo hace otro compañero con mayor jornada.
Lógicamente para ella es una degradación y la empresa lo sabe, de hecho le supone baja por ansiedad.
Tiene posibilidades del resolución por el artículo 50.1.a ET?
Si logra indemnización de 45 días, se calcula sobre el salario anterior al cambio? es un detalle importante por ser la diferencia de 3 a 1. Hay que valorar que pide la reducción de jornada, pero la modificación del salario ligado a comisiones hace que la reducción de retribuciones sea enorme, por lo que sería injusto que se indemnizase tomando la empresa la medida unilateralmente.
Espero vuestra opinión y la agradezco de antemano
un saludo.