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resolución de alta por el INSS,me encuentro peor que cuando me dieron de baja.

1 Comentarios
 
Resolución de alta por el inss,me encuentro peor que cuando me dieron de baja.
08/12/2010 14:35
Hola, el día 7 del 12 me llega un mensaje al móvil de que con fecha del 14 del 12 me dan de alta y devo incorporarme a mi trabajo. El 3 de noviembre del año pasado el médico de cabezera me da la baja y me manda al traumatólogo por una dolencia aguda de la zona lumbar que se extiende a la zona dorsal. El traumatólogo me deriva a la unidad de fisiología, pues en la resonancia realizada por la mutua no se observa ninguna patología que produzca dicho dolor. Tras un año de tratamientos en este servicio, en la unidad del dolor y una consulta en la Fundación Kovacs, mi situación a empeorado. Llevo 3 años a tratamiento en la U. del dolor y me han ido subiendo el tratamiento hasta estar en estos momentos con Oxicodona(medicamento que sustituye a la morfina). Ahora estoy a la espera de una nuva resonancia y en enero un tratamiento de filtración epidural para bajar las tomas de tanto medicamento pues dicen que no es normal tomar tanto siendo tan joven, tengo 34 años. Soy oficial ferrallista y tengo un contrato indefinido a tiempo completo como minusválido con un 40%. Los especialistas coinciden en que la grave atrofia abdominal que presento por las 19 intervencioes que he sufrido desde la primera semana de vida, hasta que me realizaron la última con 19 años a causa de la enfermedad de Hirschsprung con la que nací, me ha producido una descompensación muscular que a llevado al músculo lumbar a realizar su función y el del abdomen. Tanto, todos los profesionales médicos, como en la Fundación Kovasc y un médico valorador del daño corporal coinciden en que no tengo la capacidad física para seguir trabajando en mi oficio en el que llevo casi 9 años; aun en el caso de que potenciando la pared abdominal con un profesioal de medicina del deporte(que no me cubre la S.S. y que yo no tengo la capacidad económica para acceder a ello) puiera mejorar, el realizar cualquier esfuerzo físico con la espalda me llevaría de nuevo a la situación en la que me encuentro. Me dicen que lo mueva para que me retiren de mi profesión, pero también me dicen que como la situación económica está mal, que lo tengo difícil; pero que en ningún caso puedo volver a mi oficio. No entiendo como el INSS sin tener el alta del especialista y estando pendiente de tratamiento en U. del dolor y prueba de resonancia, me avisen por un SMS de que me tengo que incorporar al trabajo. ¿Qué demonios tengo que hacer para aclarar todo esto y qué les devo de exigir como causa del alta? Gracias por todo.
08/12/2010 17:33
Hola wallas, yo no soy un gran experto, pero visto que nadie te contesta, te puedo adelantar, por si te sirviera de algo.
ya se que vas a decir.

1. Finalización del período máximo de Incapacidad Temporal:
La Incapacidad Temporal tiene una duración máxima de 12 meses. A partir de entonces puede ocurrir:

- Que se dictamine el alta médica.
- Que se prorrogue la incapacidad por otros 6 meses (en el caso de que se prevea la curación durante su transcurso).
- Que se dictamine la iniciación de un expediente de incapacidad permanente.

El nuevo Real Decreto establece que, a partir de la terminación del período de los 12 meses, será únicamente el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o en su caso el Instituto Social de la Marina (ISM) (Entidades gestoras competentes) los encargados de determinar las situaciones enumeradas.
La finalidad de esta nueva medida es que solo una entidad proceda al pago directo de la prestación y que no se produzcan duplicidades.

2. Disconformidad con el alta médica emitida por las entidades gestoras:
En el caso de que, agotado el período de incapacidad temporal de los 12 meses, la entidad gestora competente emitiera el alta médica. El interesado podrá manifestar su disconformidad en siguiendo los pasos que se enumeran a continuación:

1. Rellenar el modelo aprobado a tal efecto y disponible en la página web de la entidad gestora.
2. Presentarlo ante la inspección médica del Servicio Público de Salud en el plazo máximo de 4 días naturales siguientes a la notificación de la resolución.
3. Comunicar a la empresa el inicio del procedimiento el mismo día en que lo presente o en el siguiente día hábil.
De todas maneras deberías ponerte en manos de algún experto.