Hola, el tema que os agradecería encarecidamente me pudierais resolver es el siguiente: se trata de un documento de compra en el que se estipularon arras penitenciales, se decia expresamente que si incumplia el vendedor las devolvería duplicadas y en caso del comprador las perdia. Vencida la fecha de otorgamiento de escritura el comprador no compareció, a pesar de habérsele requerido para ello mediante telegrama, habiéndose hecho constar este extremo en un acta de manifestaciones, y acreditando el notario que la compradora no compareció. Con esto ya es suficiente para entender que el contrato está resuelto y que la cantidad se la queda el vendedor o además tengo que instar la resolución del contrato judicialmente?. Muchisimas gracias a todos los que puedan contestarme puesto que es urgente.
Entiendo, y salvo otra opinion, que debes de acudir al Juzgado a fin de que se resuelva el contrato y una vez acredites cumpliste con tu parte de lo pactado.
Un saludo
HOla de nuevo Helga, acabo de acordarme que tuve un asunto similar, acudimos al notario y hasta la fecha de hoy nadie nos ha reclamado nada, por lo que finalmente te recomiendo lo "dejes" en el cajón y evitarte mas "papeleos", los contrarios podrían tener posibilidades de ir al Juzgado pero en manos de un abogado les recomendaria dejar las cosas como están en evitacion de imposiciones de costas a menos que se observara que vuestra actuacion no ha sido del todo ajustada a derecho y sobre todo a lo estipulado en el contrato.
Bueno nada mas, un saludo.