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Resolución contrato compraventa vivienda

7 Comentarios
 
Resolución contrato compraventa vivienda
21/06/2007 07:08
He solicitado la resolución de un contrato de compraventa de una vivienda con una
promotora. Brevemente, les resumo la situación:

- 1/3/2005: firmo el contrato de compraventa de una vivienda, con entrega de cantidades a la firma del contrato. La fecha para la entrega
de la vivienda que figura en el contrato es el 30/12/2006 más una prórroga de 3 meses
- 30/3/2007: se cumple la fecha de entrega más la prórroga sin la entrega de la vivienda
- 23/4/2007: solicito mediante burofax información por el retraso en la entrega y garantías sobre los problemas de inundaciones y filtraciones de los sótanos, sin recibir respuesta alguna
- 11/5/2007: solicito mediante burofax a la promotora la resolución del contrato, con la entrega de las cantidades abonadas (15.964,40) más el interés legal del dinero (1.503,31).
- 28/5/2007: burofax de la promotora fijando el día 13/6/2007 para la firma de la escritura de compraventa
- 6/6/2007: solicito mediante un segundo burofax a la promotora la resolución del contrato en los mismos términos que el anterior
- 8/6/2007: el Servicio Territorial de Consumo me informa que no pueden actuar en un tema de resolución de contrato y es necesario la acción
judicial
- 13/6/2007: acta notarial en la que se recogen todos los burofax enviados, indico mi negativa a firmar la compraventa y reitero mi solicitud de resolución del contrato

He consultado dos abogados, uno me dice que la reclamación sería por las cantidades que yo he pagado, mientras que el otro me dice que se reclamarían las cantidades pagadas pero la base de la demanda sería el precio de la vivienda, por lo que las costas se multiplican por 4. ¿Qué puedo hacer? ¿Qué abogado tiene razón?
22/06/2007 17:25
Hola, en mi opinión, considero que no se podría solicitar la resolución del contrato porque estamos hablando de un retraso de tres meses.... y para solicitar la resolución es preciso que se produzca un incumplimiento grave... No olvides, que la empresa envió burofax con fecha de 28/05/2007 para realizar la escritura, la cual cosa es un indicio de que pretende cumplir con el contrato. Considero que en su caso existe lo que se denomina jurídicamente como "mora del deudor" (retraso en la entrega del bien inmueble) y tendría la posibilidad de solicitar que se le indemnizara por los daños que le haya ocasionado ese retraso si los logra probar.

Otra cosa distinta hubiera sido si en el contrato se hubiera pactado un plazo de entrega que se considerara como "esencial", esto es, que si no se le entregara en esa fecha se frustraría el fin del contrato (ejemplo: banquete día de una boda)... dudo que en su caso se pactara esto.
Mire bien en el contrato por si se establece alguna cláusula en la que se indique que en caso de retraso en la entrega del inmueble, se aplica algún tipo de sanción....

Salvo mejor opinión
Saludos
25/06/2010 08:24
A mi me pasa lo mismo tengo planteada una resolucion de contrato y mi abogada a querido plantearla via penal por lo de no disponer de seguro y avales bancarios de hecho soy la unica de la promocion de 9 viviendas, pero se ha desestimado por lo que ahora quiere ir por lo penal y me ha pedido unos honorarios aplicados al total del precio de la vivienda .Es decir 17 000 euros .A mí me parece una barbaridad ... eso es asi ?





'
25/06/2010 12:57
Para la determinacion de la cuantia hay que ir a la Ley de Enjuiciamiento Civil. art. 251ss.

Aqui lo que ocurre es que aunque se pida una cantidad economica (la devolucion de lo entregado, que ascendera a 1€, 1000€ o 10,000€), de lo que se trata es de rescindir el contrato de compraventa para que el vendedor no te obligue a quedarte con la casa.

Lo que tu quieres es deshacerte de la obligacion de comprar. Y el valor de esta obligacion de comprar es el precio de compra, que normalmente es mayor que lo reclamado como devolucion.

Por eso dos personas que hayan comprado dos casas similares de 200,000€. Si A ha entregado 50,000€ y B ha entregado 100,000€, los dos pleitos son exactamente similares, y si se ganan tanto A como B reciben la misma sentencia: la rescision del contrato por incumplimento del vendedor, y devolucion de las cantidades entregadas. Ambos abogados han defendido el mismo caso, con los mismos motivos y la misma sentencia, y deben cobrar lo mismo.

Asi se entiende? Es que el tema de la fijacion de la cuantia es dificil hasta para los abogados.
25/06/2010 15:11
por supuesto que pretendo deshacerme de la deuda pero tambien quiero recuperar mis cantidades entregadas y no se como querellarme porque solo me queda ciivil y la abogada me pide 17 ooo euros si el promotor entra en concurso me quedo sin mi deuda y con una deuda con la abogada no es justo con toda la cantidad de infracciones que este hombre ha cometido esta más amparado él que yo.
05/07/2010 21:24
yo tambien quise rescndor el contrato y la promotora no solo no me paga la indemnizacion acordada en contrato, sino que me reclama daños y prejuicios por no poder escriturar. Osea que realmente estan mas protegidos que los compradores. lo cual no me entra en la cabeza.
07/07/2010 11:24
Por pedir pueden pedir lo que venga en gana ,luego quien decide es el juez.
01/02/2011 10:17
Mensaje para angel99 y/o flamenquita10.
Yo estoy en un caso parecido al vuestro y me gustaría saber cómo va lo vuestro, o cómo ha terminado.

Muchas gracias.

Saludos,