Buenos dias.-
Esto es una clausula de mi contrato:
" la finalizacion de las obras se fija antes de finalizar el mes de Septiembre de 2008.La fecha de finalización de obras, podra retrasarse por causas ajenas al vendedor, sin penelización o indemnización alguna, seis meses mas respecto al plazo establecido,por causas que impidan en desarrollo de las obrar o por la demora de la obtención de autorizaciones y siempre previa cominicación escrita a la compradora"
... mi pregunta es la siguiente¿ puedo rescindir mi contrato por incumplimiento de contrato ya que ellos me avisaron por escrito el 16 de octubre del retraso de la obra?