Para calcular las indemnizaciones por preaviso y clientela, se parte del total facturado (con iva y retención) o únicamente se toma la base imponible, es decir las comisiones sin más.
También he leido que estas indemnizaciones se calculan con el total facturado (con IVA y retención)más el IVA, ya que están sujetas a dicho impuesto.
No se si me habeis entendido, pero estoy hecha un lío con la solución y necesito ayuda!!