El asunto pertenece a la jurisdicción social, por ser personal laboral. Te recomiendo que acudas cuanto antes a un abogado, graduado social, sindicato, pues el tema pudiera estar ya fuera de plazo.
Deberías haber hecho previamente una reclamación administrativa a la adminsitración y posteriormente demanda en lo Social.
os cuento he estado trabajando para Administración Local durante un año. Mi contrato ha sido en régimen de personal laboral de duración determinada, fin de obra y servicio, hasta la cobertura definitiva (durante 3 años como máximo).
El Ayuntamiento al año decide prescindir de mis servicios.
Me persone en el Colegio de Abogados para interponer una demanda ante los juzgados tanto de lo Social o Contencioso Administrativo.
El mismo colegio de Abogados, me comunica que el caso lo tiene que llevar los Juzgados de lo Contencioso Administrativo e interpongo la demanda.
Hace unos días, me comunica el juzgado tras la vista, en el cual no se trata el fondo de la demanda. Que no tiene potestad para dictaminar nada y que me tengo que personar ante los Juzgados de lo Social para interponer otra demanda.
No entiendo ya que ellos mismos, me comunican que aceptan el caso para tomar una decisión.
El tema es que yo pido la readmisión, ya que me echan para meter a otra persona que al Ayto le interesa más. El contrato desde mi punto de vista esta en Fraude de Ley.
¿Qué paso debo de seguir?
Puedo recurrir la sentencia de lo contencioso administrativo o realmente es un caso de lo Social.
(No se si es necesario que explique más o es suficiente).