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Resolución arrendamiento por temporada (curso académico)

4 Comentarios
 
23/09/2011 23:38
Muchas gracias Arrendatario4 por tu opinión.

Creo que estoy de acuerdo contigo en que, llegado el caso, podrían incluso hacerme pagar los meses de julio y agosto, además de solicitar una indemnización por no haber podido ofertar la vivienda en verano, que es cuando se produce una mayor demanda de cara al curso escolar.

Por otro lado, también estoy de acuerdo en que al juzgado no se va a decir la verdad, pero difícilmente podrán defender esa postura de que se canceló un anterior contrato y se firmó uno nuevo, cuando tengo en mi poder la carta de su abogado reconociendo que la reserva de la vivenda existía, pero que la propietaria la ejerció de buena fe para que no tuviese que trasladar mis pertenencias, reclamándome incluso el pago de recibos de agua y luz que de otra forma no me hubiesen correspondido y que, de hecho, yo pagué. Con esto decir que sí hay pruebas de que se llego al acuerdo de la reserva de la vivienda, aunque va a ser más difícil de demostrar que aseguraron que nadie entraría en ella, como finalmente ocurrió.

Por otro lado, entiendo que a mi favor tengo el hecho de parece claro que no me voy a comprometer a pagar unos recibos de suministros a sabiendas que la vivienda va a ser usada por otros, debiendo pagarlos a ciegas, sin saber qué uso ni consumo le van a dar y que, además, el juez podría ver objetivamente que yo no puedo tener un interés directo en el asunto más allá que el de empezar mi curso escolar de la forma más tranquila posible, en cambio, la otra parte si tenía un interés directo, que no es otro que el económico, al usar/alquilar la vivienda en verano, cuando yo la tenía reservada.

¿Cual sería tu postura entonces?¿abonar los 490€ que me reclaman y evitar problemas?..siendo así, y teniendo en cuenta que no me han devuelto la fianza de 300€, que yo tampoco reclamé, entiendo que debería abonar únicamente la parte restante, 190€ no??

La verdad es que me parece muy fuerte este asunto, que encima de haber roto su palabra de la forma que lo hicieron, encima haya sido yo quien haya hecho las cosas mal...qué gentuza y que injusticia...
23/09/2011 22:05
Pues en contra de lo que opina abogada2011 el asunto parece bastante enmarañado. Porque encima todo se basa en un delicado acuerdo no sujeto a la LAU, y es que te guardan tus enseres durante dos meses que no estás, pero sin cobrarte renta. Alguna vez me han propuesto a mi cosas de ese tipo, pero yo no acepto, porque un alquiler o lo tienes o no lo tienes, los otro son apaños personales, pero también si hay problemas o alguna parte no cumple es bastante complicado de solucionar.

Atendiendo a Ley, sí que es verdad que por haber un contrato de fecha 01/09/2011 y tu haber desistido unilateralemnte por evitar denunciarles o por tu cabreo entendible por lo que es una clara invasión de la intimidad, deberías pagarle el mes de septiembre.No digo que sea justo, peri si es defendible en Derecho. Y si les denuncias, y se demuestra la verdad, lo que veo que se puede considerar, como realmente en parte así fue, es que el contrato anterior no fue extinguido, pues tu enseres se quedaron allí, y sólo puedes hacer valer tu derecho a la intimidad en ese piso si se mantiene que el contrato de alquiler sigue vigente de alguna forma, pero lo cual también te obligaría a pagar las rentas de los meses que tu contrato de alquiler estaba a "medias", pues tu quieres defender tu derecho a la intimidad en la vivienda, y por tanto el derecho a que nadie mas la pueda usar, con lo caul estrictamente es que no la dejaste y te correspondería pagar el alquiler de esos meses.

Asi que en mi opinión, debiste no abandonar la vivienda, porque habiendo contrato de fecha 01/09/2011 estrictamente es un incumplimiento contractual unilateral de tu parte, pero como efectivamente la denuncia de allanamiento de morada era también complicada de defender en un alquiler "a medias", en mi opinión debiste haber tratado de llegar a algún acuerdo por el incumplimiento de la palabra de ellos, que evidentemente ha sido una "putada" y una irresponsabilidad por parte de ellos.
Si vais a juicio lo van a negar todo, porque como dicen algunos abogados, y es la realidad de hoy dia, a los juzgados no se va a decir la verdad. Supongo que tratarán de defender que hubo cancelación del anterior contrato, una firma de un nuevo contrato con vigencia a partir de septiembre, y que tu has incumplido de forma unilateral.
Yo hablaría con ellos, a ver si entienden que tu cabreo es lógico porque acordasteis unas cosas que se han pasado por el forro. Pero ya te digo, el tema está enmarañado, porque ese pacto entre vosotros de te guardan los muebles y ademas te respetan la intimidad, pero no te cobran el alquiler y sólo te cobran los gastos de suministros, en el fondo no lo veo defendible.

23/09/2011 11:55
Muchísimas gracias abogada2011,

Lo cierto es que sí se llego a formalizar un contrato escrito, que se firma antes del verano con fecha 01/09/2011, y en éste no se deja constancia del acuerdo verbal al que llegamos las partes. Lo que sí es cierto es que en la carta que me llega de su despacho de abogados, reconocen que ese acuerdo existía, aunque no refleja nada sobre la restricción de acceso a la vivienda en esos meses, que es la clave del asunto.

Estoy de acuerdo contigo en que debería ser yo quien reclame a ellos la fianza, que no me ha sido devuelta, ya que, al margen de que hubiese un nuevo contrato el 01/09/2011, yo llego a la vivienda el 09/09, compruebo que ha sido usada incumpliendo el acuerdo (llegando incluso a violar mi intimidad), procedo a sacar mis bienes del inmueble y en cuanto puedo devuelvo las llaves, dando por resuelto el contrato por incumplimiento del arrendador.

Teniendo en cuenta lo anterior, ¿podrías aconsejarme cómo proceder ante la carta de sus abogados amenazándome con acudir a la vía judicial si no pago?

Gracias de antemano.
23/09/2011 11:19
Buenas gurriato 78, no se si por suerte o por dsgracia yo lo veo demasiado claro.

No veo porque los abogados de la inmobiliaria, te tienen que reclamar la cantidad de 496 €, ya que en ningun momento se hizo un contrato escrito y solamente, se pacto de forma verbal, independientemente de que tu puedas presentar los recibos de pago de luz y agua de los meses de julio y agosto, no veo porque tienes que pagar la comunidad ya que no se acordó de ninguna manera.

La via penal yo no entraria a plantear ninguna accion debido a la falta de pruebas como te dijo el agente de la autoridad.

Por otra parte yo si reclamaria el importe de la fianza de los 300 € mediante un juicio monitorio. Espero que te haya servido de ayuda. Un saludo.
Resolución arrendamiento por temporada (curso académico)
22/09/2011 22:10
Estimados compañeros,

Soy nuevo usuario registrado y por tanto presento mis saludos y felicitaciones a todos/as los/as usuarios/as.

Paso a plantearos una situación relacionada con un arrendamiento de un apartamento por temporada, concretamente durante el curso académico 2010-11.
Ambas partes, el arrendador y yo, suscribimos un contrato de arrendamiento por la temporada que abarca el curso universitario desde el 01.09.10 al 30.06.11. Ocupo la vivienda durante dicho período pero cuando llegamos al mes de mayo, tanto la inmobiliaria, que hace de intermediaria con el arrendador, como yo, llegamos a un acuerdo verbal consistente en la reserva de la vivienda durante los meses de julio y agosto, teniendo en cuenta mi intención de volver a ocuparla en el 01.09.11, entrando en el curso siguiente.

El acuerdo al que llegamos consiste en que yo entrego las llaves el 30.06.10 y me hago cargo de los recibos de agua y luz durante julio y agosto, así como el arrendador me retiene la fianza como garantía y dejamos el contrato firmado para el 01.09.10, y como contraprestación el propietario me permite dejar mis pertenencias dentro del inmueble, garantizando de forma tajante que absolutamente nadie va a acceder a la vivienda, motivo por el cual, me hago cargo de las facturas en los meses de julio y agosto.

El 09/09 me desplazo a la vivienda (vivo a más de 2.000km), con motivo del inicio del curso escolar, y una vez recogidas nuevamente las llaves en la inmobiliaria y habiendo accedido a la vivienda, compruebo estupefacto indicios claros de que ésta ha sido usada, y lo que es peor, que han utilizado gran parte de mis enseres, pudiendo incluso haber violado mi intimidad, puesto que custodiaba documentos, fotografías, etc, en ella. Incluso podría decirse que le he pagado el agua y la luz al "presunto inquilino".

Acto seguido me dirijo a la inmobiliaria y allí me dicen que la vivienda no se ha arrendado, pero que ha sido habitada por el hijo del propietario, con lo cual se confirma que han roto el acuerdo verbal al que se llegó en el mes de mayo anterior.

Me dirijo a la policía para poner la pertinente denuncia, ante lo que el agente me aconseja que no lo lleve a cabo por falta de pruebas. Siendo así, a fin de evitar problemas, decido desistir, olvidarme del asunto y sacar mis pertenencias del inmueble y alquilo otro diferente, sin llegar en ningún momento a ocupar la vivienda, y en cuanto la inmobiliaria abre sus puertas el lunes siguiente les entrego las llaves por carta certificada, sin siquiera reclamar la devolución de la fianza o daños y perjuicios por las actuaciones descritas.

Poco tiempo más tarde, recibo una carta del despacho de abogados que representa a la inmobiliaria, reclamándome el impago de los gastos de agua, luz y comunidad de los meses de julio y agosto, algunos de los cuales ya pagué (excepto comunidad porque eso no se acordó) y además el pago de la totalidad de la mensualidad de septiembre 2011, cuando nunca llegué a ocupar la vivienda por lo anteriormente descrito, por importe total de 496€, los cuales me niego a satisfacer habida cuenta de los abusos cometidos por el arrendador e inmobiliaria, máxime cuando aún me mantengo a la espera de la devolución de la fianza, por importe de 300€.

Espero que alguien me sepa aconsejar cómo proceder ante esta reclamación que me hace el abogado de la otra parte.

Gracias anticipadas.

Saludos.