Pues es importante saber la causa de la resolución, porque si es por falta de pago y reclamación de rentas adeudadas claro que es conveniente demandar también al fiador solidario por si fuera insolvente el titular. Lo normal es que si el arrendatario debe unos meses, en la demanda se diga que se le descuenta el mes de fianza y así no hay que consignar nada.
Vamos a interponer una demanda por resolución anticipada de un contrato de arrendamiento de un local. En el contrato esta establecida una fianza y un fiador solidario, mis preguntas son las siguientes: ¿contra quien reclamo?¿puedo elegir entre la mercantil o el fiador no?; ¿qué sucede con la fianza?mi cliente aun la tiene en su poder, he de indicar que nos apropiamos de ella, se consigna o que?