Hola. El procedimiento será el mismo. Tendrá que acreditar que sigue siendo su cónyuge; el procedimiento será el mismo. Solo que, como ya tendrá asignado NIE, lo tendrá que poner en el impreso EX-16, en el espacio existente para el efecto.
Una duda mas que me ha surgido ahora..para volver a solicitarla el procedimiento es el mismo que la primera vez presentando toda la documentacion o seria como una recuperacion de la tarjeta con los datos que ya obran en poder de la administracion, pues las circunstancias para volver a solicitarla serian las mismas..gracias de nuevo
Muchas gracias por sus respuestas, pues me ha quedado claro todo lo que necesitaba saber. Nosotros teniamos miedo que al haber salido del pais pudieran denegarsela al volver a solicitarla,alegando abandono de sus derechos o algo asi. Muchas gracias de nuevo
Hola. Sí, significa que su antigüedad como residente queda interrumpida y comienza a contarse otra vez desde que obtenga una nueva tarjeta. Es especialmente relevante si la persona tiene interés en solicitar la nacionalidad española por residencia, ya que uno de los requisitos es que la residencia sea legal, CONTINUADA e inmediatamente anterior a la solicitud; a los casados con español o española se les exige solo un año de residencia (y a la vez, que el matrimonio tenga también, por lo menos, un año). Y continuada significa no interrumpida, bien por producirse la caducidad por ausencia, bien por no haber solicitado la renovación oportunamente y por ello haber caído en la irregularidad (en régimen general, sobre todo) o bien haber sido denegada una renovación por no cumplir con los requisitos exigidos.
También es relevante la continuidad de la residencia para que la persona pueda adquirir el derecho a residir en España con carácter permanente (que se adquiere luego de 5 años de residencia).
Si él es estadounidense, no necesita visado para ingresar a España ni al resto de la Unión Europea. Pero tendrá que, en efecto, volver a solicitar una tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión si permanece más de 6 meses fuera de España, pues se producirá la caducidad por ausencia.
El es ciudadano americano, y ahora mismo esta alla.Entonces si decide regresar podra solicitarla de nuevo y no debiera haber problemas verdad?usted dice que puede volver a solicitarla pero quedara interrumpida la residencia, esto se refiere a que cuando vuelva a solicitarla pierde la antiguedad que tenia como residente o se refiere a otra cosa?puede aclararme esto porfavor?? y si pasan años es igual de facil volver a pedir su residencia como mi esposo??muchas gracias por sus respuestas
Hola. Un extranjero extracomunitario, con tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión, no puede permanecer fuera de España más de 6 meses, porque se produce la caducidad por ausencia. Caben excepciones como cuando se trata de alguien que ha sido desplazado por una institución española o de una organización internacional hacia otro país.
Él siempre tendrá derecho a residir en España si vive con usted, ya que usted es española y él es su cónyuge. Pero está sujeto a la caducidad por ausencia.
Si él por su nacionalidad no necesita visado para cruzar la frontera española, puede venir sin problemas y volver a solicitar la tarjeta (pero quedará interrumpida la residencia); si necesitase visado, tendrá primero que solicitarlo y una vez aquí, volver a solicitar la tarjeta de residencia. Como la caducidad se produce de pleno derecho, será algo fácil de constatar.
Si se van a vivir a otro Estado miembro de la Unión Europea, usted tendrá primero que ejercer su derecho de establecimiento, como ciudadana de la Unión, para que luego él tenga derecho a la vez a acceder a una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión en ese Estado.
Hola mi duda es la siguiente: Mi marido y yo nos casamos aca en españa, el es extranjero, yo española, despues de la boda solicitamos su tarjeta de residente que fue aprobada, pero como aca no encontraba trabajo y nos era muy urgente el se marcho del pais para trabajar, ahora mismo hace un mes justo que esta fuera. Mi pregunta es si no entra en los proximos 6 meses, y que quizas decidamos fijar la residencia de ambos fuera de España, despues con el tiempo si decidimos volver hay forma de que el vuelva a conseguir su residencia aca? hay algo que podamos hacer desde ya para asegurarle la entrada en el futuro, pedir algun permiso de salida o algo asi?? muchas gracias por sus respuestas