Buenos días. ¿Qué ocurre si se obtiene tarjeta de residencia por pareja de hecho con español (ella ciudadana rusa), cuando finaliza el plazo de tres años de la situación de pareja registrada? ¿Hay que solicitar de nuevo, si la pareja ya está disuelta, extraoficialmente? Gracias.
De acuerdo con el Real Decreto 240/2007 de 16 de febrero, si la inscripción en el Registro de Parejas de Hecho ha durado al menos tres años y de ellos, al menos uno ha transcurrido en España, la persona extranjera CONSERVA el derecho de residencia en régimen comunitario.
No hay que solicitar ninguna tarjeta nueva. Pero en cambio, sí está obligada a comunicar a la Administración el hecho de la cancelación de la inscripción, aportando prueba documental que lo acredite e indicar que se encuentra dentro del supuesto de conservación del derecho de residencia en régimen comunitario.
Hola buen día,
Quería consultar como se puede cambiar la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano comunitario conservando los derechos, si la relación se ha extinguido.
Actualmente aun esta registrado el vínculo como pareja de hecho y mi tarjeta de residencia fue emitida el 16 de noviembre de 2011, el vencimiento es el 16 de noviembre de 2016 y querría saber si al dar de baja ante la Comunidad de Madrid la pareja de hecho, puedo hacer la renovación de mi tarjeta de residente como Ciudadano de la Comunidad. Tengo una niña nacionalizada de dos años como fruto de dicha relación.
Agradezco la orientación que pueda darme al respecto.
Un saludo,