Tengo una duda urgente que resolver un cliente está interesado en contratar una trabajadora, me han traido fotocopia del NIE siendo el motivo de la concesión PERMISO DE RESIDENCIA TEMPORAL ARRAIGO ARTÍCULO 31.4 ( VALIDEZ 17/12/2002 ), me ha traido también resguardo del próximo NIE.
La duda que tengo es si se le puede contratar sin problemas, creo que corresponde a aquella primera regularización que se hizo en junio y julio de 2001 y creo que por parte del ministerio publicaron una nota interior en la que se autorizaba a trabajar a los extranjeros con permiso de trabajo por arraigo.
Agradeceré todas las aportaciones que me podais hacer.