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Residencia permanente CE

4 Comentarios
 
Residencia permanente ce
01/06/2011 20:05
Hola a todos,
Soy cubana residente en España desde hace 5 años. Tengo el permiso de residencia permanente. Mi pareja es francés y acabamos de hacernos "Pareja de hecho" en Francia. Hace 1 año y medio que no tengo trabajo estable, solo dinero en cuenta y alguna entrada mas o menos regular que me aporta mi pareja mientras no encuentro trabajo.
Es posible que este nuevo status y demostrando sus recursos ayude a justificar en España los recursos económicos para solicitar la tarjeta de larga duración CE?
Muchas gracias de antemano por vuestra ayuda,
hasta pronto
01/06/2011 20:46
Hola. Si usted se ha inscrito como pareja de hecho con su novio en Francia (entiendo que ha celebrado el Pacto Civil de Solidaridad) y tiene la certificación en tal sentido, lo que le corresponde a usted en España es la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión. Es más ventajosa y le ayudará a olvidarse de tener que presentar documentos acreditativos de medios económicos y más historias parecidas.

Solo que el certificado de inscripción francés debe estar legalizado (Apostilla de La Haya), traducido al castellano por traductor jurado y no tener una antigüedad mayor a tres meses. Y además, ambos han de aportar sus certificados de estado civil de sus países de origen, con una antigüedad también no mayor a 3 meses (lo exigen en España, ya que matrimonio y pareja de hecho, a efectos de extensión del régimen comunitario, son incompatibles).

Su novio deberá tener en España su certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros, en el que le asignen el NIE.

Con todo lo anterior, debe solicitar la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión.

SI QUIERE LA TARJETA DE RESIDENCIA DE LARGA DURACIÓN-CE:

Debe acreditar medios económicos, pero no se la pueden denegar por falta de medios económicos, porque la propia Directiva lo prohíbe. La acreditación de recursos económicos fijos y regulares es a efectos de iniciar la tramitación, se deben tomar en cuenta, pero su carencia o insuficiencia, no puede constituir motivo exclusivo para denegarla. Se puede presentar certificaciones bancarias y si tiene tarjeta de crédito, copia de la tarjeta y de los 6 últimos estados de cuenta en los que aparezca el máximo de crédito concedido.

Los recursos podrán venir incluso del extranjero o de otra persona que los aporte. Lo que no se admite es que esos recursos provengan de la asistencia social del Estado.

En general, los criterios económicos se calculan tomando como referencia el IPREM. Si usted no tiene cargas familiares, el IPREM mensual para 2011, es 532,51 euros (es decir, es lo mínimo que se considera necesita una persona para vivir en España). Si tiene cargas familiares, va aumentando el porcentaje.

Pero, particularmente, le recomendaría que optara por la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión. Es más ventajosa y estará en régimen comunitario.

Un cordial saludo.
14/06/2011 17:44
Hola Conde, muchísimas gracias por la pronta respuesta.
Efectivamente no sabía que tenia esta posibilidad. Es un nuevo respiro para nuestra situación, porque me sentía realmente bloqueada. He estado en Extranjería, he averiguado todo, y tengo toda la informacion necesaria para comenzar el tramite.
Luego vuelvo con mas dudas,
hasta pronto
15/06/2011 16:46
Hola, ahora nos surgen nuevas dudas con respecto a la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión. En caso de que decidamos ir a vivir en Francia. Es posible que con esta tarjeta pueda trabajar en Francia?

Muchas gracias

15/06/2011 18:38
Hola. No, deberá solicitar en Francia la tarjeta que le corresponda, como pareja de hecho de un nacional francés. Cada Estado miembro debe expedir una tarjeta a los familiares de ciudadanos de la Unión que ejerzan su derecho de establecimiento en su territorio.

Le paso una ruta hacia una página web oficial de Francia, que tiene información al respecto:

http://vosdroits.service-public.fr/N110.xhtml


Un cordial saludo.