La via de la reagrupacion familiar, en su caso no sera factible , puesto que paraque sea eficaz esta via, el reagrupado ha de encontrarse en el pais de origen.
No obstante puede podra solicitar circunstancias excepcionales por arraigo social. de momento esa podria ser una solucion. saludos.
Soy Argentina, nieta de españoles. Vivo en España con mi esposo, mi hija de 20 años y mi hija de 17 años desde Enero de 2004. Mi esposo, mi hija de 20 años y yo obtuvimos el permiso de trabajo y residencia en la reciente regularización de inmigrantes. Mi hija de 17 años hizo los 2 años de Bachillerato en una escuela pública de Barcelona; aprobó las PAU y ya está matriculada en la UB, en la Facultad de Derecho. Resulta que según la Ley, el extranjero que haya residido legalmente en España durante un año y haya logrado una autorización de residencia para, al menos, otro año más, podrá reagrupar con él en España a su cónyuge, hijos menores de 18 años, y ascendientes que estén a su cargo, y solicitar para ellos la residencia temporal. El grave problema es que mi hija de 17 años cumple los 18 años en octubre; o sea que cuando yo esté en condiciones de reagruparla, Junio del 2006 ella ya tendrá 18 años y no podré hacerlo.
La ley deja a mi hija menor en condiciones de ilegalidad y le impide ser legal a pesar que ella vino con el grupo familiar siendo menor de edad.
¿QUE SOLUCIÓN VEN?
GRACIAS POR SU AYUDA!