Hola,
estoy averiguando sobre la posibilidad de midarme a España a trabajar, soy ciudadano argentino, titular de un una tarjeta de residente de larga duracion UE de Italia.
Segun lo que leo en el art. 155 de la ley de extranjeria, en mi caso no es necesario un visado previo para ir a España, y no resultará de aplicación el requisito relativo a que la situación nacional de empleo permita la contratación del extranjero.
Mi pregunta es: puedo solicitar un permiso de residencia español para trabajar por cuenta ajena, sin necesidad de una previa autorizacion de trabajo? (que normalmente se otorga para un extranjero cuando la situacion nacional de empleo lo permita, pero en mi caso particiular no se aplica el requisito de la situacion nacional de empleo)
Alcanza con presentar la solicitud, y demostrar que se tiene una oferta de trabajo?
Les pego aca el texto de la ley, en negrita la parte relativa al caso de residencia por trabajo.
Mil gracias!
"Movilidad del residente de larga duración-UE en otro Estado miembro
Artículo 155.
Residencia de larga duración en España del residente de larga duración-UE
en otro Estado miembro de la Unión Europea.
1. Todo extranjero titular de una autorización de residencia de larga duración-UE
concedida por otro Estado miembro de la Unión Europea podrá solicitar residir en España,
sin que se requiera la obtención de visado.
2. La solicitud podrá ser presentada en cualquier momento anterior a la entrada en
territorio español y, a más tardar, en el plazo de tres meses desde que se efectúe dicha
entrada.
Se presentará, dirigida a la Oficina de Extranjería de la provincia en que desee residir
o donde vaya a iniciarse la actividad laboral o profesional, ante la oficina consular española
correspondiente al lugar previo de residencia en la Unión Europea o ante la propia Oficina
de Extranjería.
3. A la solicitud se acompañará:
a) Documentación acreditativa de su condición de residente de larga duración-UE en
otro Estado miembro de la Unión Europea.
b) Copia del pasaporte completo, o documento de viaje, en vigor, del extranjero.
c) Impreso acreditativo del abono de la tasa por tramitación del procedimiento.
d) Documentación acreditativa de cumplir los siguientes requisitos, en función de la
motivación de la solicitud:
1.º En caso de que la motivación sea residir en España sin desarrollar actividades
lucrativas: documentación sobre medios económicos y alojamiento, exigibles para residir
en España sin realizar actividades lucrativas.
2.º [b]En caso de que la motivación sea residir en España y desarrollar actividades
lucrativas: documentación en materia de trabajo que resulte exigible en función de si se
desea desarrollar una actividad por cuenta ajena o por cuenta propia o, en su caso,
documentación acreditativa de que concurre el supuesto de excepción de la autorización
de trabajo que alegue el interesado. No resultará de aplicación el requisito relativo a que
la situación nacional de empleo permita la contratación del extranjero.
La citada documentación deberá acreditar el cumplimiento de dichos requisitos en los
términos establecidos en los artículos de este Reglamento en materia de autorización de
residencia o de residencia y trabajo, en función del motivo de la solicitud."[/b]