Buenas tardes! Tengo en trámite mi solicitud de residencia de larga duración desde el 26 de mayo de 2010 aunque mi tarjeta caducaba el 04 de julio de 2010, el caso es que desde el 26 de mayo a la fecha ya han pasado más de 3 meses y cuando consulto el estado del expediente pone que se encuentra en trámite o algo así y que consulte más adelante, lo que pasa es que no se si los 3 meses cuentan a partir de que presentas la solicitud en registro o cuentan a partir de que caduca la tarjeta, además pague una tasa que ponía en la carta que era importante para acelerar el proceso (modelo 790).
Si alguien me puede ayudar se lo agradeceré, es que estoy preocupándome porque he escuchado hablar de que cuando pasan los tres meses hay q empezar a moverse.
Muchas gracias a los que me podais ayudar. Un saludo
Hola. El plazo máximo para resolver esta solicitud es de tres meses, contados a partir del día siguiente de la presentación de la solicitud. Si no se resuelve y se notifica en ese plazo, se entiende ESTIMADA, es decir, aprobada por SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO, esto es, se produce un acto administrativo presunto. Una vez operado el silencio administrativo positivo, el interesado puede solicitar a la Administración un certificado en tal sentido, para poder solicitar a la Policía la expedición de la tarjeta, la Administración cuenta con 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la presentación de la solicitud para emitir el referido certificado, sin perjuicio de igual tener que expedir la resolución.
En tu caso, si presentaste el 26 de mayo, el plazo comenzó a contarse a partir del 27 de mayo y venció a las 23:59 h. del 27 de agosto. Si hasta esa fecha no recibiste notificación alguna en el domicilio indicado para estos efectos, a partir de las 00:00 h. del 28 de agosto, puedes entender estimada tu solicitud por silencio administrativo positivo. Es decir, al día de hoy ya tienes renovada tu tarjeta anterior y más si te correspondía ya la de larga duración. Lo que no te ha dado expresamente la Administración, te lo ha conferido la Ley, en virtud del silencio administrativo.
Por tanto, sugeriría que ya no sigas esperando más y presentes un escrito dirigido a la Oficina de Extranjeros de la Subdelegación del Gobierno, indicando que han pasado ya más de tres meses de que presentaste la solicitud de residencia de larga duración y a la fecha ha operado el silencio administrativo establecido en la Ley de Extranjería y en su Reglamento de aplicación, que en tu caso es silencio positivo, estimatorio y que en razón de ello, en ejercicio de la facultad que te confiere la Ley, solicitas que se te expida el correspondiente certificado de concesión de residencia de larga duración por silencio administrativo positivo, a efectos de poder solicitar a la Comisaría de Policía correspondiente la expedición de tu nueva tarjeta de identidad de extranjero. Les adjuntas copia del resguardo donde consta la fecha en la que presentaste la solicitud, como medio de prueba de lo que afirmas. Ellos tienen 15 días hábiles (entre los hábiles debes contar los sábados), contados a partir del día siguiente de la presentación del escrito, para expedirte el certificado.
EFECTOS DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO: los efectos del silencio administrativo puedes invocarlos desde las 00:00 h. del 28 de agosto del año en curso ante la propia Administración General del Estado, Administración Autonómica, Administración Local y cualquier agencia u organismo público, así como también frente a particulares. Debes presentar hasta, para cualquier trámita, tanto tu tarjeta de identidad de extranjero caducada junto con el resguardo de la solicitud y el resguardo de este escrito que vas a presentar.
Por si acaso, el Registro de la Subdelegación del Gobierno en la provincia abre también los sábados, por si no tienes tiempo de lunes a viernes, de 10:00 h. a 14:00 h. . A efectos administrativos, en España el sábado ES UN DÍA HÁBIL.
Muchisimas gracias por la información porque la verdad estaba un tanto perdida y como estos trámites son tan largos ya me pensaba lo peor. Mi madre fue hace dos días a la Subdelegación de Gobierno para preguntar por el estado del expediente y le dijeron que allí no era y le dieron otra dirección y hoy pensaba acercarse a preguntar, lo que haré es pasarle esta información y que consulte todo lo que proceda allí.
Voy a elaborar el escrito y se lo daré ya de paso para que lo lleve.
Un cordial saluda y nuevamente gracias, me ha sido de mucha ayuda.
Una familiar presentó la solicitud de residencia por larga duración en una oficina de registro, no en la oficina de extranjeria.
El silencio admintrativo se cuenta en este caso desde la fecha de presentación de la solicitud en la oficina de registro, o desde que la solicitud tiene entrada en la oficina de extranjeria ?