Hola
Tengo un contrato de trabajo que acaba en Julio. Pero ahora voy a tener una baja de enfermedad por embarazo (el mes de marzo) y luego 4 meses de baja de maternidad (desde abril hasta julio). Después me reincorporo en el trabajo estos 5 meses.
La pregunta es: Estos 5 meses de reincorporación se computan para la residencia de larga duración?
Gracias
Para la residencia de larga duración es suficiente con haber residido en España de forma legal y continuada durante 5 años. Es indiferente si se ha estado trabajando o no.
Muchas gracias para la rápida respuesta. Pero los años de estudio se computan la mitad, verdad?
Mi situación es:
Desde nov 2008 hasta julio 2013 (estancia de estudiante)
Luego he cambiado a residencia de trabajo (el contrato y la residencia son desde julio 2013 hasta julio 2015).
Así que en total serán 4 años y medio (me quedan 6 meses de residencia legal).
Pero como voy a tener la baja de maternidad y luego otros 4 meses de contrato pregunto si estos meses se computan para poder cumplir los 5 años y pedir la residencia de larga duración!?
Muchas gracias