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Residencia con excepción a la autorización de trabajo - ¿es necesario volver al país de origen?

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Residencia con excepción a la autorización de trabajo - ¿es necesario volver al país de origen?
04/05/2018 17:46
Estoy en España en estancia como estudiante, desde hace 18 meses, completando un doctorado. Tengo la oferta de trabajo como docente de una Universidad española.
Considerando que mi NIE es de estudiante y no tengo 3 años en España, me gustaría saber si para conseguir ser contratado por la Universidad - utilizándome de la vía "Residencia con excepción a la autorización de trabajo" - necesito hacer los trámites desde la oficina consular de mi País o si sería posible hacerlos directamente desde la oficina de extranjería en España.