Vale, pero como le digo mis ingresos son de 1,200€ los de mi esposa 800€ pero ella no los puede demostrar asi q con lo q yi gano no es posible que le den la residencia a mi hija?
1.- Se tiene en cuenta todo el núcleo familiar que vive a su cargo: cónyuge e hijos menores de edad. En su caso, son 150 % del IPREM por usted y su esposa y 50 % del IPREM por cada hijo. En total, le es exigible el 250 % del IPREM.
2.- La cuantía del IPREM mensual para el presente año 2021 establecida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado es de 564,90 euros. De acuerdo con lo que usted indica y siguiendo la regla prevista en el Reglamento de desarrollo de la Ley de Extranjería, la cantidad mínima exigible en su caso es 1 412,25 euros (el 250 % del IPREM mensual).
Vale pero tengo una duda, somos en mi núcleo familiar un total de 4 , mi esposa, mi hija q NO nacio en españa, mi hijo menor de 10 meses q si nació aca y yo, se contarian solo los niños o mi esposa también? . Ella trabaja pero no tengo forma de comprobarlo ya que le pagan en mano y no tiene contrato ni esta dada de alta en la seguridad social asi que ella no puede unir sus ingresos para ayudar con el tramite de la niña , lo que yo gano son 1.200€ con eso me alcanzara para lo del IPREM o no? Gracias de antemano.
Lo importante es que cumpla con la exigencia de medios económicos suficientes en la cuantía prevista, de acuerdo con el número de personas a su cargo (y los medios económicos no se circunscriben ni limitan al contrato de trabajo): si es usted y su hijo, debe ingresar al menos el 150 % del IPREM mensual, que se incrementa en el 50% del IPREM mensual por cada familiar adicional que viva a su cargo y contar con vivienda adecuada (informe favorable de la comunidad autónoma). Si su contrato es temporal, debe tener ingresos, al menos, en la cuantía indicada o si no son suficientes, puede presentar otros medios que complementen y permitan alcanzar la cuantía exigida.
Si usted tiene ahorros, por ejemplo, puede presentar, junto con su contrato de trabajo, la certificación del banco o caja de ahorros en la que se indique la titularidad de la cuenta bancaria y el saldo. Si además tuviera tarjeta de crédito, puede presentar la tarjeta de crédito junto con el estado de cuenta donde conste el límite máximo de crédito concedido.
Incluso le serviría estar cobrando la prestación contributiva por desempleo ("paro"), si la cuantía se ajusta a lo que exige la normativa.
Quisiera saber si el tipo de contrató de la persona o padre que va pedir la residencia para su hija tiene algo que ver? Tengo un contrato temporal y quiero saber si con este habría algún problema o se puede hacer la solicitud? Gracias