Buenos días y ante todo gracias por siempre resolver nuestras dudas.
He buscado en el foro y no encuentro nada al respecto mas actualizado por eso abro hilo.
Trabajo en una empresa de Montajes y Aluminios y nos gustaría saber si se puede y como debería redactar para incluir una cláusula de reserva de domino, cuando contratan nuestros servicios.
Lo cierto es que hemos llegado a esta conclusión, ya que aunque solemos instar unos plazos de pagos para realizar el trabajo, se nos han dado ocasiones donde aun habiendo terminado dicho trabajo, meses e incluso años después aún esperamos la liquidación del servicio prestado.
Y así incluyendo esta clausula, podríamos tener la opción al menos de recuperar el material invertido.
Por otro lado entiendo que si se llega a esa indeseable opción de reclamar el material, habrá que devolver lo pagado. ( la segunda duda es ¿devolución integra? O se puede establecer una indemnización mínima como por ejemplo un % de lo presupuestado)
Siento mucho el tostón y gracias a todos.
P.D.: si es necesaria alguna aclaración no dudéis en consultarme.