ayuda para un profesional de Banca (economista, no abogado): Concesionario vende coches a clientes, los cobra, pero no los transfiere hasta los 7 meses, dándoles un descuento a cambio. Al mismo tiempo, los usa como garantía de créditos que pide a una Financiera, la cual hace Reserva de domino de estos coches. El Concesionario no paga los préstamos, la Financiera presenta demandas por impago, y mientras, FOGASA embarga estos vehículos. Los clientes denuncian a los Administradores por ESTAFA. PREGUNTA: en este caso, quién tiene mejor derecho? la Tercería de Dominio del cliente, o la de Mejor Derecho de la Financiera que tiene inscritas las Reservas de Dominio en el Registro de Bienes Muebles? Qué responsabilidad tienen los Administradores del Concesionario por esta presunta estafa?