Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

resdmisión

22 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 22 comentarios
Resdmisión
06/02/2008 09:57
- puedo readmitir a un trabajador en la conciliación??

06/02/2008 17:40
Hola, si puedes ofrecer la readmision en la conciliacion, pero el trabajador no esta obligado a aceptar puediendo esperar al juicio

Un saludo
07/02/2008 08:42
Hola Federico:
Mi pregunta es:
Si en conciliación extrajudicial reconoces la improcedencia
¿Qué significado tiene que el trabajador se niegue sino dilatar de una manera fraudulenta el proceso para generar más salarios de trámite?
¿es que acaso la garantía de indemnidad protege tales abusos?
Diferente es si la empresa ofrece la readmisión sin abonar los días pendientes, en ese caso si veo necesaria la posibilidad de que el trabajador siga adelante hasta el final.
Por favor espero tu respuesta. Gracias.
07/02/2008 09:01
si la empresa ofrece readmisión en conciliación adva en iguales condiciones, trabajador se niega, los salarios de tramitación a partir de la conciliación se abonan?
07/02/2008 09:04
Hola Federico:
Mi pregunta es:
Si en conciliación extrajudicial reconoces la improcedencia
¿Qué significado tiene que el trabajador se niegue sino dilatar de una manera fraudulenta el proceso para generar más salarios de trámite?
¿es que acaso la garantía de indemnidad protege tales abusos?
Diferente es si la empresa ofrece la readmisión sin abonar los días pendientes, en ese caso si veo necesaria la posibilidad de que el trabajador siga adelante hasta el final.
Por favor espero tu respuesta. Gracias.
07/02/2008 10:09
Hola, aunque existe esa nueva corriente que dice que el trabajador se puede negar a la readmisión y llegar al juicio, tal y como dice Federico, y hay bastante jurisprudencia ya al respecto, considero que no es aplicable a todos los casos, sino a casos concretos con deetrminadas circunstancias tambien concretas, de claro abuso empresarial.

En otros casos, a mi me podría parecer una temeridad por parte del trabajador rechazar, sin mas, la readmisión, Se podría encontrar con una baja por desistimiento por no reincorporarse
07/02/2008 10:18
Hola CRIS F. Me podrías indicar una sentencia ilustrativa de este tema para que la consulte.

La verdad es que considero que si no hay nada raro de por medio (como posibles causas de nulidad, representante de los trabajadores, etc) si el empresario asume la improcedencia en el acto de conciliacion extrajudical de cara a readmitir al trabajador y el trabajador se obstina en proseguir hasta el juicio considero que se trataría de un abuso de derecho manifiesto, salvo mejor opinión.
07/02/2008 10:55
yo he visto alguna negativa a reincorporación, pero siempre cuando la empresa no garantiza las condiciones de tal reincorporación o condiciona el pago de salarios hasta la conciliación a la reincorporación del trabajador...si "garantizas" la pacífica reincorporación la negativa del trabajador, en mi opinión, ha de suponer un desestimiento claro
07/02/2008 11:19
¿y si el resultado de la conciliacion es sin avenencia? y a los pocos dias mandas burofax al trabajador para que se reincorpore y este se niegue.no creo que sea ningun abuso de derecho,ya que el empresario readmite pudiendo a los pocos dias volver a despedir cambiando la forma de despido ya que si se readmite se termina el proceso y el trabajador se queda sin una garantia juridica que le proteja.
07/02/2008 11:36
¡ABUSO DE DERECHO MANIFIESTO!es que se despida a un trabajador, y si no acepta lo que le quieras dar y demande,el empresario readmite y se quede tan pancho,que ya te echara por otra cosa,si no se va amargado.CON QUE CARA VUELVE UN TRABAJADOR A SU PUESTO,cosa distinta es que le ganes el pleito al empresario y vuelvas con tus derchos ratificados y con una sentencia que si no se cumple la uinspeccion laboral se encargara
07/02/2008 12:40
Hola despedido:
No entiendo tu postura;
Que yo sepa las actas de conciliación tienen fuerza ejecutiva, así que no entiendo esto último que dices...
Si no te gusta la ley a mi tampoco me gusta (la verdad) lo entiendo pero es lo que hay.
07/02/2008 13:10
hola arturmcarthur.mi opinion como afectado es asi,ya que lo he sufrido en mis propias carnes.la ley que le da al empresario poder de readmision funcionara bien en empresas grandes que ers uno mas,pero cuando se trata de ver a tu jefe a todas horas y te machaca moralmente(cosa que es imposible demostrar)no puedes hacer mas que marcharte de la empresa sin un duro lleves el tiempo que lleves.Asi que mi opinion es que habria que reclamar una reforma de ley para facilitar las cosas.piensa que el empresario duerme igual por la noche . el despedido no
07/02/2008 17:52
Hola, siento decir que todas las sentencias que he consultado en las que se le ofrece la readmision y por supuesto los salarios hasta la fecha y en las mismas condiciones y esta no es aceptada por el trabajador, no ha sido considerado como desestimiento del trabajador

Copioo algunos parrafos de las sentencias que han creado jurisprudencia

sentencia de esta Sala de 1 de julio de 1996, quelo que no puede aceptarse es que la sola voluntad empresarial de dejar sin efecto una decisión extintiva ya comunicada y hecha efectiva, vincule al trabajador y le obligue a reanudar una relación contractual que ya no existe.
no cabe que por una decisión unilateral empresarial posterior con ofrecimiento de readmisión se restablezca un vínculo contractual ya roto e inexistente, ni mucho menos la negativa del trabajador a reincorporarse implica dimisión de éstepor entenderse que con la decisión empresarial dicho trabajador dejaba de estar despedido, privándole no sólo de una acción como la de despido ya ejercitada y del derecho a la calificación del acto empresarial olvidando la naturaleza consensual y bilateral del contrato de trabajo con obligaciones recíprocas para ambas partes contratantes, y que su finalización tuvo por causa la sola voluntad del empleador”. Por último, para que exista dimisión del trabajador (art. 49.4), tiene que existir vínculo contractual previo, circunstancia aquí no concurrente dado la extinción del contrato por voluntad empresarial.

De todas formas si hubiese jurisprudencia del TS contraria a esta argumentacion nos gustaria conocerla, ya que habrian cambiado los parametros de valoracion

Un saludo
07/02/2008 19:17
Muchas gracias Fedrico por tu importantisima colaboración pero creo que se hace referencia por el extracto que refieres a cuando la empresa unilateralmente después de extinguir el contrato efrece salarios de tramite y reincorporacion (en este caso entiendo que el trabajador no acepte), pero en sede de conciliacion administrativa judicial????? Si la empresa se aviene a reconocer el despido improcedente????
Un saludo a todos.
07/02/2008 21:24
Hola arthurmacarthur, los resumenes son de sentencias del Supremo donde la empresa reconocia la improcedencia del despido y ofrecia la readmision en el acto de conciliacion, no antes

Un saludo
12/02/2008 09:36
Hola Federico,
tras el examen de la sentencia antecitada, que creo que es bastante acertada para el caso sólo cabe hecer dos matizaciones:

1º Se menciona que el ofrecimiento de reinicorporación del empresario no se vio acompañado del pago de salarios pendientes y
2º Creo inferir que los ofrecimienrtos de reincorporación tuvieron lugar después de la conciliación extrajudicial (pero esto último no se menciona).

Mi duda exacta es si el empresario el mimso día de la conciliacion extrajudicial admite la improcedencia y readmite al trabajador ingresando los salarios hasta ese día. Si el trabajador no se reincorpora y sigue hasta el jucio ¿Sería un abuso de derecho o dicha situación se vería amparada por el art 24 CE?

Por lo que se menciona en el punto 3º de los Fº de Dº de la sentencia mencionada por Federico cabe inferir que dicha situación se vería amparada por el principio de la tutela judicial efectiva que consagra el art 24 CE, pero a mi más bien me parece un abuso de dercho.

Por favor Fedrico me gustaria saber tu opinion y tambien algunas otras opiniones reputadas más.
12/02/2008 13:33
Hola Mcarthur:

He estado echando un vistazo a la sentencia y creo entender que efectivamente el ofrecimiento de readmisión lo realiza la empresa con posterioridad a la celebración del acto de conciliación y sin el ofrecimiento de los salarios de tramitación.

Por mi parte comentar que recientemente se me ha planteado la siguiente situación: empresa acude al acto de conciliación reconociendo la improcedencia del despido, ofreciendo salarios de tramitación hasta la fecha y decidiendo reincorporar al trabajador a su puesto en las mismas condiciones. Pues bien, el graduado social que asiste al trabajador alegando falta de seguridad juridica, antes de celebrar el acto, aconseja al trabajador esperar a juicio. Se levanta acta donde consta reconocimiento improcedencia, ofrecimiento salarios tramitación y readmisión; sin alegación alguna por el trabajador, y sin avenencia.
Hemos procedido a consignar salarios de tramitación hasta comparecenica CMAC.
Se ha vuelto a avisar al trabajador de que se readmitió ante el CMAC, y no tiene la más mínima intención de volver.
A mi entender el acto de conciliación sirve para intentar evitar acudir a la jurisdicción social. Sí la empresa se allana a los demandado en la papeleta por el trabajador, le ofrece los salarios dejados de percibir y la vuelta en las mismas condiciones; no se me ocurre el motivo por el que tenemos que ir al Juzgado de turno para que se declare la improcedencia, ya reconocida y se le dé plazo a la empresa para que opte por la readmisión. Desconozco la motivación que puede justificar dicha actuación del trabajador y su asesor, más alla del evidente abuso de derecho que supone el esperar a que un juez convalide lo dicho ante el CMAC cobrando salarios de tramitación hasta la fecha de notificación de sentencia.
Sí algún forero me puede ofrecer algún motivo que me ayude a aclarar la situación se lo agradecería enormemente.

Un saludo a todos.
12/02/2008 14:00
Hola, dije en primera inetrvneción en este post que consideraba que reachazar la readmisión no seria aplicable en todos los casos.

Federico dijo que no conocía sentencias en que, rechazada la readmisión, se hubiera estimado el desistimiento del trabajador. Lo cierto es que no he tenido tiempo de ponerme a buscar sentencias, pero en una base da datos cutrecilla que tengo tampoco he visto nada.

Ahora bien, el tema es relativamente nuevo para que no haya demasiada jurisprudencia o esta no haya llegado al TS, en el sentido que exponemos.

Yo sigo pensando que no puede ser aplicable a todos los casos, pues ciertamente es un abuso (o puede serlo) por parte del trabajador para alargar los salarios de tramitación, pero no debemos olvidar que e primer abuso lo comete el empresario al despedir sin causa.

No le falta razón a despedido en lo que dice en su intervención.

Por eso, yo sigo pensando que el tema no esta del todo definido, y el trabajador se la puede jugar negándose a la readmisión.

En cualquier caso, como empresa, y puesto que ya en juicio me daría igual, alegaría desistimiento del trabajador por no aceptar la readmisión. Si lo pierdo me daría igual puesto que lo iba a readmitir. En ese sentido lo tengo claro, por eso digo que alguno se la puede jugar, aunque es difícil que un juez deje en la calle a un trabajador por esto, opero podria pasar si se aprecia mala fe del trabajador.

Por eso sigo pensando que no es una verdad absoluta, aunque no tengo respaldo de jurisprudencia en esta afirmación.

Cuando he ido de parte del trabajador, si me han readmitido le he aconsejado que se reincorpore.

Tambien me ha pasado que se me han opuesto a la readmisión en conciliación un par de veces, pero lo he arreglado antes del juicio, por lo que no puedo decir que hubiera pasado.
12/02/2008 14:34
que debate más interesante! yo como empresa las veces que he ofrecido la readmisión el trabajador no se ha atrevido a negarse ya que es cierto que existe una clara inseguridad jurídica. Yo tampoco encontre una jurisprudencia clara y reciente sobre esta matería. Creo recordar que el T.Sup. de Galicia que es el que me corresponde varió la opinión que tenía y antes veía una dimisión si el trabajador no aceptaba la readmisión pero ahora es de la teoría de que el trabajador tiene derecho a obtener una decicisón de la justicia.
Lo que si distingue la jurisprudencia es si el trabajador inició o no la vía de reclamación. De volverse atras el empresario y readmitir, lo mejor es que sea cuanto antes y reconociendo la improcedencia y el pago de los salarios.
Sajor, tengo mucho interes en saber como acaba tu asunto.
un saludo a todos
12/02/2008 17:04
Hola, para mejor esclarecimiento leer las STS 24/5/2004, 6/4/2004 y 3/7/2001

Un saludo