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rescisión en arrendamiento

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Rescisión en arrendamiento
05/10/2011 19:14
Buenas tardes:
Me gustaria exponer aqui una duda a ver si alguien me puede ayudar.
Vereis el pasado 24/02/2010 firme un contato de arrendamiento supeditado a la lau en el que figuran estas clausulas de duracion:

2º El contrato empieza a regir el dia 01/03/2010.La duracion del mismo será de un año y su importe anual sera de xxxxx euros
Cumplido el primer año, el contrato será prorrogado de forma automática por periodos anuales hasta un máximo de cinco años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con una antelación mínima de treinta días a la finalización del tiempo pactado o de sus prorrogas su voluntad de no renovarlo.

3º El tiempo pactado obliga de igual manera al arrendador y al arrendatario.En caso de desestimiento del contrato por parte del arrendatario con anterioridad a la finalización del plazo contractual pactado o de cualquiera de sus prorrogas, el arrendatario quedara obligado a satisfacer a la propiedad el pago de la totalidad del aquiler de los meses q resten hasta la finalizacion del plazo pactado o de cualquiera de sus prorrogas.

Bien mi duda es la siguiente.
Una vez que prorrrogo estoy obligado a mantener el piso 12 meses? esq he notificado al casero mi deseo de abandonarlo en diciembre y me dice que estoy obligado hasta marzo que es cuando cumpliri el 2º año, y es la primera vez q me pasa, porque en otros contratos una vez pasados 12 meses no me obligaban a estar otro año completo.
Gracias de antemano