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Rescisión de contrato

4 Comentarios
 
Rescisión de contrato
04/11/2008 11:59
Hola, quería comentaros un problema que tengo con mi vivienda ya que no soy profesional del derecho y necesito orientación, ha ser posible. En el mes de septiembre alquilé mi vivienda. Sé que me equivoqué porque, ante la necesidad en ese momento de alquilarla, no exigí nómina ni avalista. Pues bien, a la hora de firmar el contrato pagaron sin problemas la fianza y el primer mes (septiembre). Según contrato firmado por ambas partes, los arrendatarios tenían que encargarse de cambiar la domiciliación bancaria del suministro de luz y agua.
El problema llegó cuando pasaron los 10 primeros días de octubre (plazo fijado para pagar) y el abono del mes no llegó. Según diversas conversaciones teléfónicas, los arrendatarios me indicaron que en noviembre iban a recibir unos atrasos y me pagarían octubre y noviembre. Me suena un poco mal, no sé.
Para más inri, me ha llegado la factura del suministro de luz (supongo que luego me llegará el del agua) ya que no han cambiado la domiciliación. Cuando hablo con ellos por teléfono todo son buenas palabras, diciendo que me van a pagar. No obstante, yo ya no me fio y me gustaría sobre todas las cosas que se fueran y si fuera posible que me pagaran los atrasos.
Además, me han llegado quejas de los vecinos porque tienen varios animales (un perro y tres gatos, creo) que corretean a sus anchas por las zonas comunes (es una urbanización con parque y piscina comunitarios). También ha tenido problemas de agua y cucarachas, cuando antes de entrar ellos jamás había habido ni un problema, ya que la vivienda sólo tiene dos años.
He leído en internet algo sobre el tema una vez presentada la demanda de desahucio, pero me gustaría que me orientárais en los pasos iniciales que hay que dar para la rescisión del contrato y si es mejor contratar a un abogado.
Gracias anticipadas.
perfil Jan
04/11/2008 18:23
Hola Marion. Sólo hay dos formas de rescindir un contrato de arrendamiento:

1) Por la vía extrajudicial. Acuerdo de ambas partes en virtud del cual manifiestan su voluntad de dar por terminado el contrato y, con ello, los derechos y obligaciones dimamantes del mismo.

2) Por la vía judicial. Ante alguna de las causas establecidas en el art 27 LAU 1994 el arrendador, provisto de abogado/a y procurador/a, puede instar demanda de resolución de contrato. Hasta que NO haya sentencia en firme que declare el contrato resuelto éste permanecerá en vigor.

Por ello le aconsejo que acuda con brevedad a un/a profesional de la abogacía EXPERTO/A en arrendamientos urbanos quien, con el contrato y los datos que usted facilite, le asesorará sobre los pasos a seguir en cada una de las opciones indicadas.

Lamento no poder ser de más ayuda.

Reciba un cordial saludo.
04/11/2008 21:56
Gracias Jan por contestarme. Seguiré tu consejo.
05/11/2008 19:37
Yo, además de lo ya expuesto por Jan, sugeriría, aprovechando que hay impagos, el envío de un requerimiento fehaciente. Puede servirle para:

1.-Que se pongan al día con los pagos.

2.-También para demostrarles que es Ud. una arrendadora "inquisidora" y "exigente", con lo que quizá piensen que les conviene marcharse de su vivienda.
(Si propone Ud. la rescisión querrán que encima les indemnice; puede no ser el caso pero hay verdaderos profesionales en el mundo de los arrendamientos).

3.-Por la misma razón, (arrendadora "inquisidora" y "exigente") , si deciden marcharse elimina Ud. los problemas con la Comunidad de Propietarios.

4.-Eliminar la posibilidad de enervación si finalmente insta Ud. el desahucio.

Mi consejo es que les requiera de pago cuanto antes pero, como siempre, aconsejada de abogado.

Espero haberle ayudado
06/11/2008 11:08
Gracias jupemeper por tu interés. Sé que hay gente sin moral pero nunca tuve que tratar con ellos. Estos es indignante. Saludos.