Soy propietaria de una vivienda que el año pasado alquilé a tres familiares, pero que solo uno aportó nóminas suficientes que avalasen el arrendamiento.
El dia 4 de noviembre pasado venció el primer año del contrato y el titular del mismo se ha marchado de la casa porque han discutido.
Me lo ha comunicado hoy 10 de noviembre 2017.
Que documento tengo que hacer a los que quedan.
Aseguran que el jefe de uno de ellos les puede avalar. Que documentación tendría que aportar siendo empresario.
Gracias.
Basta con que haga un nuevo contrato resolviendo el anterior.
En cuanto a la documentación, lo mejor que puede aportar un avalista es su declaración del IRPF del año anterior. Por tanto el empresario debería darle la última declaración que tenga que habrá hecho este junio y que sera la correspondiente al ejercicio fiscal 2016.
Bueno, a efectos prácticos, no mucha. SI hace un contrato nuevo, todo empieza desde cero, por ejemplo los inquilinos pueden permanecer 3 años. Si se subrogan la duración sería continuación de la del contrato inicial, menor a 3 años.
El contrato a nombre de quien esta?
Porque pienso que el contrato que hizo es muy deficiente y mal redactado.
Porque deberia haber puesto el contrato a nombre de todos
Cuando alguien avala, se sobreentiende que se solicita un aval bancario, para que en caso de impago, ejecutar un aval.
No se de que le puede servir a usted como aval en caso de impago la declaracion a Hacienda, si no le pagan que hace usted con ese papel?
La documentacion que normalmente se pide es
Copia de DNI
N de cuenta corriente paga cargo de suministros
Nomima,
Pero esta ultima no sirve de nada
Y si quiere un aval bancario
Y por ultimo, un contrato bien hecho
Se me ha olvidado
Usted dce que uno aporto nominas que avalan el arrendamiento
Las nomnas no avalan nada, solo indica que ha cobrado por un trabajo. No se confunda.
Se lo repito: un aval es un documento que en caso de impago se presenta en el banco y se cobra
Todo lo demas son pamplinas ypapel mojado
?a ver el dueño del piso me dice de un dia para otro que me tengo que ir que tiene que hacer obras...es legal...me tiene que notificar por escrito o su palabra vale ...que puedo como inquilino hacer...tengo todo en regla en el piso .....puede hacer las obras con nosotros dentro?
Eso que le dice el casero no es legal. La única forma de que tuviera derecho a echarle seria en caso de que la obra fuera necesaria para evitar un peligro inminente para la seguridad de las personas e incluso en ese caso lo mas probable es que fuera el ayuntamiento quien se lo dijera no el casero,