Únicamente debería descontar de la fianza el importe relativo a los suministros que hubieran quedado pendientes de pago y el importe por los desperfecto "culposamente" ocasionados por los inquilinos si los hubiera. El resto de fianza deberá devolverse en el plazo de 30 días, en caso contrario se puede reclamar este importe más intereses.
tenia un contrato de alquiler de un año que vencería el 27 de julio. avisamos con menos de 30 dias que rescindíamos el contrato y nos fuimos el dia 30 de junio estando de acuerdo la arrendadora. a la hora de devolver la fianza. no se si ella tiene el derecho a restarnos tanto dinero. Agradecería me aconsejarais si iniciar via legal.