Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Rescision de contrato, propietarios ilocalizables

6 Comentarios
 
Rescision de contrato, propietarios ilocalizables
perfil Dag
11/11/2014 14:03
Hola a todos.

Mi problema es el siguiente. En el año 2011, firme un contrato de alquiler por un piso. El dueño del piso vivia en otra ciudad distinta y yo trate con un administrador de fincas que actuaba en su nombre. Todo iba bien, hasta que un tiempo después recibí una llamada de unas personas que decían haber comprado la sociedad dueña del inmueble (pues el piso pertenece a una sociedad que se dedica al arrendamiento de bienes y demás).
Como nuevos dueños, vinieron a ver el piso y me dijeron que me enviarían un nuevo contrato respetando el anterior. Me dieron unos emails de contacto, pero solo recibí uno de su parte. Desde entonces, y a pesar de haber enviado yo varios emails, no recibo respuesta, y nunca vinieron para firmar el nuevo contrato.
Hace poco, recibí una carta de la diputación de barcelona, comunicandome el embargo del alquiler por una deuda pendiente de los propietarios.
La cuestión es la siguiente: quiero dejar el piso y no hay manera de contactar con los dueños. No se dónde están, ni quienes son, ni quien es el actual dueño del piso, y en la diputación me dicen que necesitan el documento de rescisión del contrato para que sea válido.
Entonces, ahi va mi pregunta: ¿Cómo puedo rescindir un contrato de alquiler, si no hay manera de encontrar al/los propietario/os? ¿He de seguir pagando hasta que venza el contrato para no meterme en lios con la diputación?
Gracias.
11/11/2014 20:31
Dag: mientras a Ud. no le comuniquen fehacientemente el cambio de dueño, el propietario sigue siendo aquél con quien Ud, hizo el contrato de alquiler inicial.
Además, una cosa el embargo de las rentas (que es lo que le ha comunicado a Ud. la diputación) y otra totalmente distinta el embargo del piso o su venta.
Tiene que seguir pagando porque de lo contrario (como bien dice) se meterá en líos con la diputación.
Finalmente si quiere localizar al propietario hay una posibilidad que es pedirle a la diputación que le faciliten el domicilio del propietario.
abogado@leonbendayan.com
perfil Dag
01/12/2014 11:54
Hola. Gracias por su respuesta,

Fui a la delegación de Habitaje de mi ciudad, y me indicaron que enviara un burofax (solicitando sobretodo el acuse de recibo y el certificado de envío) a los dueños del piso, de los cuales lo único que tengo es una dirección en una ciudad distinta, y, además, le enviara una copia de todo a la diputación y proceder a la mudanza.

El problema es que esa dirección creo que ya no es correcta. Mirando en directorios de empresas, el último movimiento data de 2010. Por otra parte, me han dicho que aunque esa dirección no sea correcta, envie el burofax igualmente y proceda con lo dicho. ¿Esto es así? ¿Si no existe y, por lo tanto, no lo reciben, me sirve igualmente como prueba para demostrar mi intención de dejar el piso y evitarme problemas?

Esto suponiendo, claro está, que la diputación no pueda o no quiera darme la dirección actual de los dueños del piso (porque ellos están cobrandose una deuda de mi parte y lógicamente no querrán dejar de cobrar).

Gracias, un saludo.
01/12/2014 12:00
Dag: ud. debe enviar el burofax a aquella persona con quien tenga contrato firmado, no con la empresa que le dijo de palabra que los dueños eran ellos, porque con ellos no tiene nada firmado ni tiene ningún documento en el que se diga que ellos son los dueños ni nada de nada. Esto del Derecho funciona con papeles, no con palabras.
Tiene que intentar localizar a esos dueños con los que firmo el contrato. Si actuó Ud. a través de una inmobiliaria le sugiero que les pida que por favor le faciliten una forma de contactar con esas personas.
abogado@leonbendayan.com
01/12/2014 19:33
¿Que pinta la Diputación en todo esto?.
01/12/2014 19:38
Acriton: no estoy seguro, pero lo más probable es que el propietario del piso no haya pagado un tributo o tasa del que sea titular la Diputación o bien que el casero no haya pagado un tributo municipal y la Diputación sea la encargada de cobrarlo. Entonces la Diputación ha detectado que el piso del deudor está alquilado y ha embargado la renta que paga nuestro consultante.
perfil Dag
02/12/2014 10:58
Efectivamente, es como bien dice leonjbr.

Los dueños del piso deben mas de 10.000 euros del IBI (y por lo que me consta tienen muchas mas deudas). Entonces, mediante resolución judicial se procedió al embargo de los alquileres de los pisos que tienen arrendados. Lo mejor de todo es que la deuda la tienen con un ayuntamiento de una ciudad de Tarragona, y yo vivo cerca de Barcelona, aunque supongo que tendrán varios inmuebles, dado que es una empresa dedicada al alquiler de estos.

Muchas gracias por las respuestas, leonjbr. Ya veremos como acaba esto, espero tener suerte.