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Rescisión de contrato de alquiler

8 Comentarios
 
Rescisión de contrato de alquiler
10/08/2016 21:43
Tengo un contrato de alquiler de una lonja,empieza el dia 1 de enero de 2013,duraba un año y despues se prorrogaba 4 años.en el cual pone que con dos meses de antelación podia rescindirlo,avise a principios de mayo para dejarla al terminar junio.el caso es que llegamos a un acuerdo en el que podia dejar mis cosas dentro hasta que alguien cogiera el traspaso y si cogia solo el alquiler,sacaba mis cosas.pues asi ha sido,he tenido que sacar mis cosas el dia 6 de agosto,al coger solo la lonja una chica.el día anterior estube con el dueño viendo la lonja y dijo que estaba bien,que le diera un numero de cuenta para ingresarme la fianza y que podia seguir quedandome con las llaves para poder sacar mis cosas.al día siguiente las saqué y desde entonces no se nada de el,le mando wasaps,le llamo para darle las llaves,no me coge,no me contesta y no me ingresa la fianza.el día que estuvimos los dos para que viera el estado de la lonja,no me trajo ningun fin de contrato para firmar,ni cuando le dije que la dejaba,firmamos nada.todo ha sido de palabra y por telefono.tengo miedo de que ademas de perder la fianza,me reclame tambien estos meses de julio y agosto,al no haber ningun papel que refleje la rescincion del contrato.que hago? Porfavor,ayuda! Ademas el juega con ventaja,es abogado!!
10/08/2016 23:40
Florecilla84
Habría que leer el contrato, pero en principio yo creo que el propietario puede quedarse con la fianza. Es que yo creo que Ud. malinterpreta la posibilidad de rescindir el contrato. Ud. puede rescindirlo PERO a fecha de 31 de diciembre, no en agosto, ni cuando Ud quiera.
Por tanto me temo que en principio el propietario puede quedarse con los dos meses de fianza, todo ello a salvo de leer el contrato de arrendamiento. En este punto insisto en que esta respuesta es sólo una aproximación a lo que con mayor probabilidad han redactado Uds.
10/08/2016 23:51
leonjbr
En el contrato pone que hay que avisar con un tiempo de antelación y asi ha sido,lo malo que se hizo por telefono.la ultima vez que hable con el personalmente fue hace 1 semana,en la que vino a ver como estaba la lonja,inventario... me dijo que si me devolvia la fiamza,pero tampoco firmamos nada y sigo teniendo un juego de llaves.no hay manera de que me conteste para darselas...
10/08/2016 23:53
Florecilla84
Perona que no me explico bien,pone que en cualquier momento se puede dejar la lonja diciendoselo un determinado tiempo antes
11/08/2016 00:33
Florecilla84
Aunque el CC, figura que los contratos verbales son igulamente validos, en este caso al hacerlo por telefono el dueño puede decir que solo le has avisado con una semana.
Pero por otra la Ley de Arrendamientos, tambien dice que como ya lo volvio a alquilar y no hay perdida de ingresos(ingresos cesantes) la fianza debe devolversela.
Enviele un Burofax o carta con acuse de recibo y le insta a dicha devolucion , dandole un plazo .
Si no le contesta , le demanda en el Juzgado por reclamacion de cantidad , y si es menor de 2 mil euros, no precisa abogado...
11/08/2016 12:09
Florecilla84
No, no, cuidado: eso no es así. Insisto en que depende de como se haya redactado el contrato. En caso de que se haya previsto una cláusula penal por desistimiento anticipado la inquilina debe pagarla incluso aunque el local vuelva a alquilarse al día siguiente.
Por otra parte no sabemos si se ha alquilado aún o no, ni tampoco si la nueva inquilina tiene un período de carencia en el pago de la renta, con lo cual no sabemos exactamente de qué estamos hablando.
Yo lo único que quiero decirle a florecilla es que, a salvo de leer el contrato, lleva las de perder. ¿Por qué? Porque no se ha ido el 31 de diciembre que es cuando van venciendo las prórrogas. Sólo por eso, en principio, ella lleva las de perder. Pero insisto en que todo esto es orientativo: es imprescindible leer el contrato. No es tan fácil.
11/08/2016 14:54
leonjbr
No hay clausula penal,esta alquilado a 1 de septiembre con un mes de carencia que no se si ese mes es septiembre o era agosto.ha quedado en el aire agosto.en el contrao pone que con 3 meses de antelacion puedo dejar a lonja antes de la prorroga del 31 de diciembre,ademas hoy me han dicho que esa clausula queda anulada con la nueva normativa que es de 1 mes.tengo pruebas de que todo lo hablado y escrito x wasap con el.segun la chica de la inmobiliaria donde tengo el piso.son pruebas suficientes si llega el caso de acabar mal,y que me espere a septiembre a ver que pasa
11/08/2016 14:55
Florecilla84
Ha quedado en el aire julio,perdon.que es el mes dnd he reunido esas pruebas.
17/08/2016 09:27
Florecilla84
Hola!! Ya me ha devuelto la fianza.gracias x vuestra ayuda!!