1.- Con los datos que da puedo decirle que puede abandonar el piso a los 6 meses sin tener que pagar ninguna indemnización por ello, porque para eso haría falta que se hubiese pactado expresamente, lo que no es el caso.
2.- En cuanto a la fianza, es evidente que por lo misma razón que en el número anterior, el casero no tiene derecho a quedársela ni como indemnización ni como nada. Pero permítame un consejo práctico: si quiere estar seguro de que se la van a devolver lo mejor que puede hacer es no pagar el último mes de renta y decirle a la casera que se lo cobre de la fianza, porque en caso contrario, no se la devolverá y tendría Ud. que interponer una demanda para recuperarla.
Rescisión de contrato de alquiler antes de los 6 meses.
El día 5 de Noviembre de 2016 alquilamos un piso a un particular. Un familiar nos deja un piso en alquiler mucho más barato y decidimos irnos en unos meses. Nos leímos la LAU por si nos ponía problemas la casera y pone que como mínimo tienes que estar 6 meses. Llamamos a la casera para comunicarle nuestra intención y para negociar con ella poder salir antes, pero no se lo tomó bien y nos dijo que hablaría con un abogado porque le estábamos causando un prejuicio. A partir de aquí no nos coje el telefóno ni contesta a nuestros emails. Decidimos enviarle un burofax indicándole que la fecha de rescisión seria entonces el 5 de Mayo de 2017, en el contrato sólo pone duración un año, pero no indica penalizaciones de ningún tipo. Conseguimos hablar con el marido de la casera y nos dijo que qué le ofrecíamos para que no siguieran con los abogados, el quería quedarse con la fianza, pero no me parece que se aplique la ley dado que cumplo 6 meses y no pone indemnización si te vas antes del año en el contrato. ¿Puede pactarse que se quede con la fianza pero a cambio me voy antes del piso? ¿Qué tengo que hacer? Muchas gracias